Varios dirigentes de Vox, como su presidente Santiago Abascal, el eurodiputado y portavoz Jorge Buxadé, y el diputado nacional Ignacio Garriga, han criticado las condiciones del ingreso mínimo vital aprobado por el Gobierno, después de que su formación haya cambiado de opinión sobre esta medida en varias ocasiones, como ya os contamos en Maldita.es.
Abascal ha dicho en un tuit que "todas las personas que lleguen en patera tendrán derecho a cobrar la renta". En la misma línea que su presidente, Ignacio Garriga también interpretó el Real Decreto del ingreso mínimo vital y tuiteó que "cualquier inmigrante ilegal que llegue en patera tiene derecho". Buxadé, por su parte, ha asegurado que "es una renta mínima que no aparece condicionada absolutamente a nada" [min. 8:29], pero estas afirmaciones son falsas.
No todas las personas tienen acceso al ingreso mínimo vital, si existen condiciones y no todas las personas que llegan en patera son víctimas de trata de seres humanos. Os lo explicamos.
Santiago Abascal: "Todas las personas que lleguen en patera tendrán derecho a cobrar la renta"
FALSO.
Según indica el artículo 7 del Real Decreto por el que se establece el ingreso mínimo vital, las personas beneficiarias deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al menos un año antes de la presentación de la solicitud.
Pero hay tres excepciones. No necesitan ser residentes legales desde al menos un año: los menores que se incorporen a la unidad de convivencia (hogar), mujeres víctimas de violencia de género y personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual.
Para estas últimas, las víctimas de trata y de explotación sexual, es necesario que acrediten esta condición a través de un informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a este tipo de víctimas o por los servicios sociales, no tienen que cumplir con el requisito de llevar al menos un año de residencia legal en España.
Así que no todas las personas que lleguen "en patera" tendrían derecho al ingreso mínimo vital, sino sólo aquellas que lo soliciten y que acrediten haber sido víctimas de trata de seres humanos, de violencia de género o sean menores que se incorporen a un hogar. Al resto de personas extranjeras se les requiere contar al menos con un año de residencia legal en España, hayan llegado "en patera" o por cualquier otra vía.
Por lo tanto, es falso que "todas las personas que lleguen en patera tendrán derecho a cobrar la renta" como dice Santiago Abascal.
Ignacio Garriga: "Cualquier inmigrante ilegal que llegue en patera tiene derecho"
FALSO.
A la declaración de Santiago Abascal, se suma la del diputado Ignacio Garriga, que también es falsa por la misma razón: no cualquier persona "que llegue en patera" tiene derecho al ingreso mínimo vital, ya que deben tener al menos un año de residencia legal excepto en los casos excepcionales.
El tuit de Garriga, sin embargo, hace alusión a la excepción del artículo del decreto que se refiere a la trata de seres humanos para decir que se traduce en que "cualquier inmigrante ilegal que llegue en patera tiene derecho". Esto también es falso.
No todas las personas que entran de forma irregular en España tienen por qué ser víctimas de trata. También las hay que pueden haber venido a través de redes traficantes de personas o por su propia cuenta, sin tener que estar sometidos a trata.
Son por ejemplo víctimas de trata de seres humanos aquellas personas que sufran explotación sexual o con fines de explotación laboral y en las que exista una situación de abuso y de vulnerabilidad, mientras que en el tráfico ilegal de personas, se trata de personas migrantes que contactan de forma voluntaria con un traficante de personas con el objetivo de cruzar la frontera.
En el Plan integral de lucha contra la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual (2015-2018) elaborado por el antiguo Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se distingue entre las situaciones de trata de seres humanos (artículo 177 bis del Código Penal) y de tráfico ilegal de personas (artículo 318 bis del Código Penal).
Este documento dice [pág. 7] que las diferencias principales son que:
- La trata nunca es consentida o este consentimiento está sujeto a coacción o a situaciones de vulnerabilidad, mientras que en el tráfico ilegal es siempre consentido, aunque los trayectos se realicen en condiciones peligrosas.
- La trata no siempre implica transnacionalidad y las víctimas no son siempre personas extranjeras en situación irregular. El tráfico de inmigrantes consiste precisamente en cruzar ilegalmente la frontera.
- En la trata existe una explotación de la víctima con fines económicos y en el tráfico ilegal, una vez terminado el intento de cruzar la frontera, esta relación termina.
- El delito de trata atenta contra los derechos humanos, mientras que el de tráfico ilegal de personas es contra los intereses del Estado (la protección de sus fronteras).
No es lo mismo trata que tráfico aunque a veces puedan estar conectados. En el documento del Ministerio de Sanidad se indica que aunque puedan estar conectados, entre los delitos de tráfico y trata existe una clara distinción y esto resulta fundamental desde el punto de vista de atención a las víctimas ya que "puede ocurrir que las víctimas de trata de seres humanos sean confundidas con personas sometidas a tráfico, no activándose los mecanismos de protección de los derechos humanos para víctimas de este tipo de delito".
Por lo tanto, es falso que las "víctimas de trata de seres humanos, a pesar de no tener residencia legal en España podrán acceder a la renta mínima vital" y que esto se traduzca en que "cualquier inmigrante ilegal que llegue en patera tiene derecho" como dice Ignacio Garriga; porque no todas las personas migrantes que entren de manera ilegal en España sufren trata de seres humanos.
Jorge Buxadé: "Es una renta mínima que no aparece condicionada absolutamente a nada"
FALSO.
El ingreso mínimo vital si está condicionado a ciertos requisitos y obligaciones que deben cumplir los solicitantes para que se les pueda conceder esta renta mínima y para mantenerla después. Estas condiciones están reguladas por el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.
Entre los requisitos está, por ejemplo, ser miembro de una unidad de convivencia (hogar) que cumpla ciertos parámetros o tener un mínimo de 23 años, salvo para algunas excepciones, como tener hijos o ser víctima de violencia de género o de trata de seres humanos y explotación sexual. En esos supuestos sólo se requiere ser mayor de edad para poder solicitar el ingreso mínimo vital.
También es necesario que los solicitantes cumplan los umbrales económicos fijados por el Gobierno para acceder al ingreso mínimo vital y haber solicitado antes el resto de ayudas a las que tengan derecho, ya sean prestaciones sociales o pensiones, por ejemplo. Otro de los requisitos es tener residencia en España. Es decir, no pasar más de 90 días al año en el extranjero.
Además, los solicitantes o beneficiarios de este ingreso también deben cumplir con ciertas obligaciones como ser demandantes de empleo "si no están trabajando y son mayores de edad o menores emancipados" o "participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones".
Del mismo modo, los beneficiarios están obligados de comunicar e informar de cualquier cambio en su situación personal, económica o patrimonial e incluso a devolver el dinero que hayan podido cobrar sin tener derecho a él.
Por lo tanto, es falso que el ingreso mínimo vital aprobado por el Gobierno sea "una renta mínima que no aparece condicionada absolutamente a nada" como dice el portavoz y eurodiputado de Vox, Jorge Buxadé.
Desde Maldita.es hemos contactado con Vox para conocer el porqué tanto de las declaraciones de Abascal y Garriga como de las de Buxadé, pero en el momento de esta publicación no hemos obtenido respuesta.