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Qué sabemos de la multa del Ayuntamiento de Zamora a un padre y su hijo por recoger piñas de un parque: pasó en 2011, pero el Ayuntamiento mantiene la ordenanza

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Los contenidos que circulan en el contexto de la oleada de incendios de julio de 2026 en España hacen referencia a una publicación de marzo de 2025. En esa publicación se habla de varios casos distintos. Por un lado, menciona la multa a “varias personas” que estaban arrancando piñas de pinos en Salamanca, cuando la ordenanza de Protección de la Convivencia Ciudadana de la ciudad prohíbe “arrancar flores, plantas y/o frutos de cualquier tipo”. En este caso no estaban recogiéndolas del suelo. 

Respecto a la multa del Ayuntamiento de Zamora a un padre y su hijo que cita el contenido, remite a unos hechos ocurridos en noviembre de 2011, como señala la misma publicación. Ambos fueron condenados por hurto tras una denuncia del Ayuntamiento de Zamora por robar piñas secas del parque de León Felipe, según publicó La Opinión de Zamora en 2012. El Ayuntamiento ha indicado a Maldita.es que la condena se basó en “una norma superior, ya que una normativa municipal (Ordenanza), por sí sola, no puede imponer sanciones más allá del ámbito administrativo”, pero que la ordenanza que regula este tipo de conductas en la ciudad sigue en vigor. 
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7/26/26
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«El Ayuntamiento de Zamora ha multado con 1.215 euros a un padre y su hijo por recoger piñas secas del parque de León Felipe»

https://x.com/FranHervias/status/2081158339493323110

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La Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Prevención de Actos Vandálicos de Zamora, que regula este tipo de conductas, se aprobó en 2011 y fue reformada en 2013, y continúa en vigor en la actualidad, según el Ayuntamiento de Zamora. Su artículo 39.3 recoge las acciones prohibidas en parques, jardines y vía pública, entre ellas la recolección no autorizada de este tipo de frutos.