El Real Decreto 405/1992, que regula el Estatuto de los expresidentes del Gobierno, reconoce a los expresidentes dos tipos de retribuciones. Por un lado, medios y prerrogativas como personal de apoyo, dotación para gastos de oficina, coche, seguridad y libre pase en transportes regulares del Estado. Y, por otro lado, la pensión (Art. 4) indemnizatoria al cesar sus funciones, que pueden percibir también otros miembros del Gobierno.
Mariano Rajoy no solicitó ni cobró la indemnización por cese como exmiembro del Gobierno, que, como ya contamos en Maldita.es, es equivalente al 80% del sueldo durante un máximo de 24 meses. Esta prestación es incompatible con otros ingresos, y Rajoy se reincorporó a su plaza de registrador de la propiedad tras dejar el Gobierno.