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Desinformaciones y contexto sobre las piscinas que se convierten en refugios climáticos en Cataluña y por qué es un bulo que las vayan a expropiar *

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Claves
  • Mensajes en redes dicen que un nuevo decreto ley en Cataluña permite “expropiar”, “okupar” o entrar en piscinas privadas “gratis”
  • Se basan en un decreto ley que no menciona esa medida sino que dice que, mientras dure la emergencia por sequía, los ayuntamientos sólo podrán autorizar el llenado con agua potable de las piscinas que se hayan declarado refugios climáticos
  • Podrán ser refugios climáticos las piscinas públicas o las privadas abiertas al público que tengan un acuerdo con el ayuntamiento
  • Estas medidas solo hablan de llenar piscinas con agua potable, no restringe el uso de las piscinas: si un particular mantiene el mismo agua todo el año y no necesita rellenado, puede usarla
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Legislación

Mensajes en redes sociales dicen que un nuevo decreto ley aprobado en Cataluña contempla “expropiar” u “okupar” piscinas privadas de forma “gratis total” por ser refugios climáticos y que así puedan usarlas personas ajenas a la propiedad. Es un bulo.

El decreto ley catalán de medidas ante la sequía no contempla “expropiaciones” de piscinas privadas, sino restricciones al uso de agua potable nueva para llenar piscinas mientras dure la fase de emergencia por sequía. En esta fase, se permitirá “rellenar” piscinas que hayan sido declaradas como refugios climáticos por los ayuntamientos, que solo podrán ser las públicas y las privadas que tengan un acuerdo con un ayuntamiento y se usen por la ciudadanía, como la de un centro deportivo o de una casa rural. Las piscinas privadas (unifamiliares o comunitarias) sin acuerdo con un ayuntamiento no podrán ser declaradas como refugio climático y no podrán llenarse en situación de sequía, pero sí reutilizar el agua si la tenían almacenada previamente.

Hay que destacar que estas medidas hablan de usar agua para llenar piscinas durante la situación de emergencia por sequía: no abordan usar o abrir piscinas, sean públicas o privadas. A fecha de actualización de este artículo (16/05/2024), la mayoría de territorios se encuentran en fase de excepcionalidad (donde esta medida no se aplica) y tres están en emergencia (donde sí se aplica). Por otro lado, sólo se aplican a las cuencas internas catalanas, una región de Cataluña que abarca casi por completo a las cuatro provincias: Girona y Barcelona al completo y áreas de Tarragona y Lleida. El resto de Cataluña pertenece a la cuenca del río Ebro y allí el organismo que gestiona el agua es la Confederación Hidrográfica del Ebro. Como ejemplo, exponemos las siguientes situaciones: *

  • Si un particular tiene una piscina privada en un territorio en fase de emergencia y mantiene el mismo agua todo el año con tratamientos periódicos, en principio, puede usarla en privado porque no aplica ninguna restricción de este decreto ley catalán. Pero la Generalitat explica a Maldita.es que es “improbable” que una piscina no necesite un llenado parcial de agua “para compensar pérdidas mínimas que se dan por evaporación, limpieza y salpicaduras y para garantizar la calidad sanitaria”.

  • Si un particular tiene una piscina privada en un territorio en fase de excepcionalidad, puede rellenar parcialmente su piscina en la cantidad mínima para garantizar la calidad sanitaria del agua, siempre que la piscina tenga un sistema de recirculación de agua

  • Si una comunidad de vecinos en territorio que está en emergencia y necesita rellenar su piscina y la situación de sequía persiste, podría llegar a un acuerdo con el ayuntamiento para ver si es declarada como refugio climático, lo que permitiría renovar el agua, pero también tendría que abrirla al público, más allá de la comunidad de vecinos.

  • Si una persona tiene una piscina en la parte catalana de la cuenca del Ebro (por ejemplo, en la ciudad de Lleida): no aplican estas restricciones de llenado, aunque existen recomendaciones para ahorrar agua

Qué dicen los mensajes desinformadores sobre el llenado de piscinas en Cataluña *

Distintos mensajes circulan a la vez sobre el llenado de piscinas en Cataluña.

En el decreto ley 4/2024 no aparece ninguna mención a la expropiación o ninguna medida dirigida a privar a personas de su bienes o derechos a cambio de una indemnización.

El decreto ley 4/2024 recoge las medidas urgentes que la Generalitat de Catalunya adopta frente a la sequía en las regiones de la comunidad autónoma donde tiene competencia sobre la gestión del agua. Uno de sus artículos está dirigido a los ayuntamientos y explica de qué manera pueden permitir el llenado de piscinas durante la fase de emergencia por sequía: pueden rellenarse piscinas declaradas como refugios climáticos, “en las cantidades indispensables para garantizar la calidad sanitaria del agua, siempre que se apliquen medidas de ahorro adicionales como el cierre de duchas”.

Texto del decreto ley 4/2024 de la Generalitat que habla de las piscinas declaradas refugios climáticos.

El decreto ley indica las condiciones para declarar piscinas como refugios climáticos: uno, que el equipamiento sea imprescindible para mitigar el calor; y dos, que la piscina sea pública o privada con acceso público. Esta declaración de refugio climático para piscinas privadas se tiene que hacer mediante un acuerdo entre el ayuntamiento y la persona propietaria de la piscina privada, no es una decisión unilateral. Tampoco modifica quién es la persona propietaria de la piscina.

  • “La okupación llega a las piscinas catalanas. Los propietarios de piscinas que quieran abrirlas con agua van a tener que dejar al público entrar por la cara, gratis total”. Es un bulo que sea una okupación. Que se pueda entrar gratis es una afirmación que necesita contexto.

Este mensaje se refiere a declarar piscinas privadas como refugios climáticos para poder llenarlas con agua potable. Como decimos, esta declaración debe ser un acuerdo entre ayuntamiento y propietaria. Además, este esquema de la Generalitat explica que en el acuerdo deben incluirse las condiciones de uso de la piscina, como horario, acceso y seguridad. También menciona que el precio de entrada “debe ser idéntico al de la piscina municipal, si el municipio tiene, o si no tiene, al precio de la piscina pública más cercana”, sin indicar que este sea gratis.

Las piscinas públicas o privadas con acceso público podrán llegar a acuerdos con ayuntamientos y ser declaradas refugios climáticos para rellenarse con agua potable  

Como decimos, este decreto ley catalán permite a los ayuntamientos declarar piscinas como refugios climáticos para poder llenar la piscina con agua potable en fase de emergencia por sequía. Para ello, las piscinas pueden ser de dos tipos: públicas y abiertas a la ciudadanía, o privadas que tengan un acuerdo con el Ayuntamiento por ser de uso público abierto a la ciudadanía. 

Por tanto, una piscina privada que no tiene un acuerdo con el ayuntamiento no se puede declarar como refugio climático (y no podrá llenarse con agua potable en situación de emergencia por sequía). 

Texto del decreto ley 4/2024 de la Generalitat que habla de las piscinas declaradas refugios climáticos.

Además, el Ayuntamiento también debe justificar que la piscina refugio climático es “imprescindible para garantizar un espacio para reducir el efecto del calor en la ciudadanía”.

En una rueda de prensa del 18 de abril, el conseller d‘Acció Climàtica, David Mascort, explicaba que esta ley está orientada a municipios del interior de Cataluña (sin playa) que tienen una piscina municipal y necesitan abrirla para hacer frente al calor del verano. “Pero también hay municipios que no cuentan con piscina municipal pero sí hay un centro deportivo o un campamento y su piscina habitualmente funciona como piscina municipal, de ahí que en el decreto ley indiquemos equipamientos públicos o privados”, precisa.

El portal de la sequía de Cataluña indica que las piscinas privadas de “hoteles, campings, comunidades de vecinos” que tengan un acuerdo con el Ayuntamiento pueden ser consideradas refugios climáticos. Las piscinas de usuarios particulares también pueden llegar a acuerdos con un ayuntamiento, aunque el portal reconoce que “no es el objetivo de la medida, sino que hace referencia a piscinas privadas con acceso del público”.

Por último, esta medida solo está operativa para aquellos territorios en fase de emergencia por sequía. En cuencas internas de Cataluña (la zona en la que la Generalitat tiene las competencias únicas para la gestión del agua) hay diferentes escenarios frente a la sequía, que van desde la normalidad hasta la emergencia. A fecha de actualización de este artículo (16/05/2024), la mayoría de territorios se encuentran en situación de excepcionalidad, donde se aplican otras medidas menos restrictivas con el agua.

Las piscinas de agua desalada son rellenables sin declararse refugios climáticos, pero deben cumplir condiciones **

Las restricciones para llenar las piscinas no aplican para las instalaciones que usen agua del mar, aclara el decreto ley (esas piletas no usan agua potable y no afectan a los niveles de reservas en los embalses). No obstante, deben cumplirse otras condiciones. La más importante: que esta piscina no mantenga una conexión con la red de abastecimiento, ni en la entrada ni en la salida de aguas.

Las condiciones que detalla la norma son: contar con un permiso del dominio público hidráulico, usar ese agua para mantener la actividad económica y los puestos de trabajo que dependen de la piscina, presentar un plan de ahorro de consumo de agua, que ese agua se almacene periódicamente un mínimo de siete días y que, si es técnica y económicamente viable, se ofrezca usar ese agua a explotaciones agrícolas o ganaderas que tienen dificultades en el suministro de agua.

Así, el Departament d’Acció Climàtica explica a Maldita.es que una piscina privada que emplee agua de mar “podría llenarse siempre que no mantenga una conexión con la red de abastecimiento”.

En definitiva, es un bulo que las medidas contra la sequía en Cataluña permitan “expropiar”, “okupar” o usar piscinas privadas “gratis” como regla general. Lo que recoge el decreto ley es que, si se quiere llenar las piscinas con agua potable en situación de emergencia por sequía, deben ser declaradas como refugio climático por el Ayuntamiento. Estas piscinas pueden ser públicas o privadas que lleguen a un acuerdo con el municipio. Los casos son variados, de forma que las piscinas privadas de las zonas de Cataluña dentro de la cuenca del Ebro, no estarían incluidas, y tampoco aquellas que decidan mantener el agua de otros años usando tratamientos periódicos (aunque sea más difícil mantener la piscina en condiciones óptimas de uso).

* El titular de este artículo ha cambiado el 16 de mayo de 2024 de “No, las medidas contra la sequía en Cataluña no permiten “expropiar” piscinas privadas” a “Desinformaciones y contexto sobre las piscinas que se convierten en refugios climáticos en Cataluña y por qué es un bulo que las vayan a expropiar”

para incluir más contexto sobre la medida. 

* Este artículo ha sido actualizado el 16 de mayo de 2024 para incluir matices sobre los contenidos que se están difundiendo y hacer aclaraciones sobre partes que podrían crear confusión. 

* La imagen de este artículo ha sido modificada el 16 de mayo de 2024 para hacer hincapié en los mensajes que eran falsos y excluir frases que no lo eran según la metodología de Maldito Bulo. 

* Este artículo ha sido actualizado el 16 de mayo de 2024 tras recibir una respuesta del Departament d’Acció Climàtica relativa a las piscinas de agua de mar: pueden llenarse siempre que no mantengan conexión con la red de abastecimiento.

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