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Emergencia por sequía en Cataluña: medidas, territorios afectados y qué ocurre si no llueve

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  • Tras bajar del 16% de las reservas de agua, varios territorios de las Cuencas Internas de Cataluña están en situación de emergencia por sequía
  • Esto incluye medidas como limitar el consumo de agua a 200 litros por persona y día, prohibir usos privados y recreativos y únicamente hacer riego de supervivencia en cultivos como frutales y olivos
  • Si la situación no mejora, hay dos fases más restrictivas para aquellas regiones que se abastecen sólo de embalses

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En las Cuencas Internas de Cataluña, la cuenca hidrográfica que abastece a ciudades como Barcelona, L'Hospitalet de Llobregat, Badalona y Terrassa, quedan 107 hectómetros cúbicos de agua, lo que equivale al 15,8% de las reservas. La media de los últimos 10 años es 474 hectómetros, el 70,15%.

Cuando estas reservas bajan del 16%, como ha ocurrido en enero de 2024, se declara el estado de emergencia, detalla la Agencia Catalana del Agua (ACA), el organismo con competencias para la gestión de la cuenca. Explicamos en qué consiste, qué territorios están afectados y qué pasa si la situación de sequía continúa.

En qué consiste el estado de emergencia por sequía

La activación del estado de emergencia por sequía no ocurre de manera unitaria en toda la cuenca, sino en cada unidad de explotación afectada. En total son 18 zonas donde la declaración de sequía se puede aplicar de manera independiente.

Demarcación de las 18 unidades de explotación de las Cuencas Internas de Cataluña. Fuente: Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía.

Las medidas que se aplican en los territorios en situación de emergencia son las siguientes:

  • Se establece una dotación máxima de consumo de agua: 200 litros por persona y día. Como referencia, cada persona en Barcelona consumió 172 litros por día en 2023.

  • Se suprime el 80% del riego agrícola. Está autorizado el riego de supervivencia de cultivos leñosos y permanentes (por ejemplo, olivos o frutales). 

  • Se reduce el agua para usos ganaderos un 50% y para uso industrial un 25%

  • Se prohíbe el riego con agua potable de zonas verdes, jardines públicos y privados y césped deportivo.

  • Se prohíbe el riego y uso de agua potable para usos privados y recreativos, como pistas de hielo temporales, fiestas de la espuma y limpieza de vehículos. También se prohíben las duchas de playa.

  • Limpieza: se prohíbe usar agua potable para limpiar calles, alcantarillas, pavimentos y fachadas (públicos y privados), salvo si es limpieza por un accidente/incendio o existe un riesgo sanitario o para la seguridad vial. Sí es posible limpiar escaparates y ventanas con cubo y esponja.

  • Piscinas (públicas, privadas y comunitarias, incluyendo de establecimientos turísticos): se prohíbe su llenado total o parcial. Solo se permite un llenado mínimo, para mantener la calidad sanitaria, de piscinas deportivas (siempre que se apliquen otras medidas de ahorro, como cierre de duchas). También se permite el llenado de piscinas para uso terapéutico y piscinas de agua de mar.

  • Fuentes y lagos artificiales: se prohíbe su llenado total o parcial, salvo refugios de fauna en peligro y siempre que se haga con agua regenerada o de la capa freática.

Además de estas medidas, los ayuntamientos pueden establecer planes de emergencia con limitaciones adicionales.

Por su parte, el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO) y el Departament d’Acció Climàtica, Alimentació i Agenda Rural ha anunciado que financiará dos nuevas desaladoras: Tordera II, que estará en funcionamiento en 2028 y que permitirá tratar 60 hectómetros cúbicos (hm3) al año; y Foix, para 2029 y con una capacidad de 20 hm3 al año. Como comparativa, un embalse medio de las cuencas internas catalanas tiene 82,2 hm3 de capacidad.

Otra solución que el MITECO plantea es trasladar agua en barco desde la desaladora de Sagunto (València) al puerto de Barcelona, lo que permitiría traer hasta 0,04 hectómetros cúbicos diarios a partir de junio de 2024.

Territorios afectados de Cataluña por la sequía

Este es el estado de sequía por unidades de explotación:

  • Seis unidades de explotación en situación de emergencia: Fluvià-Muga, Darnius-Boadella, embalses del Llobregat, Ter y Ter-Llobregat. Estos tres últimos, que incluyen 202 municipios, son los que se han declarado en emergencia recientemente (1 de febrero de 2024), donde está el área metropolitana de Barcelona.

  • Ocho unidades en excepcionalidad: Anoia-Gaià (salvo el municipio de Vallirana, que está en emergencia), Carme-Capellades, cabecera del Llobregat, cabecera del Ter, Empordà, Llobregat medio, Prades-Llaberia y Cordillera Transversal.

  • Una unidad en alerta: Bajo Ter.

  • Una unidad en prealerta: Consorcio de Aguas de Tarragona.

  • Dos unidades en normalidad: Pliocuaternario de Tarragona y Estanque de Banyoles

Captura de pantalla del visor de la sequía de la Agencia Catalana del Agua. En gris, las zonas de Cataluña que pertenecen a la confederación hidrográfica del Ebro.

En los mapas que ilustran la sequía en Cataluña no se visualizan datos de la mayoría de la provincia de Lleida, parte de la provincia de Tarragona y pequeñas zonas de Barcelona y Girona. El motivo es que estas áreas se ubican en la cuenca del río Ebro y por tanto son gestionadas por la confederación hidrográfica del Ebro, un organismo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En la demarcación del Ebro, a 29 de enero de 2024, las reservas de agua embalsada están al 64,4%, según el Boletín Hidrológico semanal.

Qué pasa si la sequía continúa: situaciones de emergencia II y III

Si no llegan lluvias a las Cuencas Internas de Cataluña, la situación de sequía puede empeorar. Para estos casos, se recogen situaciones aún más restrictivas en algunas unidades de explotación.

Específicamente, en las unidades de explotación donde el abastecimiento depende de embalses (que la Agencia Catalana del Agua llama sistemas regulados) hay dos escenarios aún más restrictivos: emergencia II, donde se limita el consumo de agua a 180 litros por persona al día; y emergencia III, con 160 litros por persona al día. Estos se alcanzarán si las reservas llegan al 10,95% y al 5,4% respectivamente.

En los sistemas no regulados, donde el abastecimiento depende principalmente de acuíferos y aguas subterráneas, no existen los niveles de emergencia II y III y el límite más restrictivo es de 200 litros por persona y día.

Foto destacada: embalse de Sau en septiembre de 2021 (izq.) y marzo de 2023. Créditos de imagen destacada: Agencia Catalana del Agua.

Este artículo ha sido actualizado el 5 de febrero de 2024 para agregar unas medidas anunciadas por el MITECO y el Departament d’Acció Climàtica.

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