«Mercadona tendrá que pagar más de 500.000 euros por despedir a una trabajadora que denunció acoso laboral»
https://vm.tiktok.com/ZN8A4x3BS/ #parati @unaynomas9 @C.M.Fournier @Hércules _412 n Noticias | TRABAJO RCADO Mercadona tendrá que pagar más de 500.000 euros por despedir a una trabajadora que denunció acoso laboral facebook.com/sto facebook Entrar Abrir aplicación El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha declarado nulo el despido disciplinario de una coordinadora de tienda de Mercadona y ha condenado a la cadena de supermercados a asumir un coste superior a los 500.000 euros tras considerar vulnerada la garantía de indemnidad. La trabajadora formaba parte de la compañía desde 2007, desempeñando un puesto de alta responsabilidad con disponibilidad de 24 horas, incluso en periodos de vacaciones. En febrero de 2023, mientras se encontraba en situación de baja laboral por ansiedad, comunicó formalmente al departamento de Recursos Humanos que se sentía acosada por su superior directo. Ante esta queja, la empresa activó su protocolo interno contra el acoso. Sin embargo, tras concluir la comisión instructora que no concurrían indicios de hostigamiento, la dirección optó por despedirla en abril de 2023 alegando "denuncia falsa de acoso", falta calificada como muy grave en el convenio colectivo. En primera instancia, el Juzgado de lo Social número 5 de Palma avaló la procedencia del despido. No conforme con ello, la empleada recurrió ante el tribunal autonómico a través de Amagna Abogados, bajo la dirección letrada de Miguel Benito Barrionuevo. La defensa sostuvo que la sanción constituía una represalia directa por haber reclamado sus derechos laborales, vulnerando el artículo 24 de la Constitución. La Sala de lo Social estimó el recurso y revocó el fallo inicial. Los magistrados determinaron que no poder acreditar el acoso no convierte automáticamente el relato en un hecho fraudulento: "la falta de acreditación de un hecho alegado no significa que la alegación lo sea de un hecho falso". El tribunal remarcó que castigar una queja no probada generaría un grave efecto disuasorio en las plantillas y que solo cabría el despido si se demostrase una invención deliberada para perjudicar. Asimismo, recordó la doctrina que obliga a implementar ajustes razonables ante dolencias de salud mental conocidas. Tras esta sentencia, a la compañía le corresponde ejecutar la readmisión inmediata de la trabajadora en su puesto con las mismas condiciones previas. En el plano económico, queda pendiente el desembolso total que supera el medio millón de euros: 425.000 euros por salarios de tramitación, 7.501 euros de indemnización por daño moral con intereses y 70.000 euros correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa.