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En el Día Mundial Sin Alcohol: cuando la publicidad sobre bebidas alcohólicas te la intentaba colar

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No es la primera ni la última vez que en Maldita.es explicamos por qué el alcohol no es saludable en ninguna de sus formas y en ninguna cantidad (tampoco con moderación). De hecho, su consumo se asocia con más de 300.000 muertes al año. Para reflexionar y concienciar a la población acerca de la problemática que el consumo de alcohol representa para el ser humano y gracias al impulso de la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada 15 de noviembre se celebra el Día Mundial Sin Alcohol.  

Actualmente disponemos de evidencias científicas suficientes para afirmar que el consumo de bebidas alcohólicas está relacionado con un mayor riesgo de alta presión arterial, enfermedad cardiaca, accidentes cerebrovasculares, enfermedad del hígado, problemas digestivos y cáncer (de mama, boca, garganta, laringe, esófago, hígado, colon y recto). También con problemas en el aprendizaje y la memoria, de salud mental, familiares y laborales. En conjunto, conforman un motivo de peso suficiente para no alentar el consumo de este producto, mucho menos a través de la publicidad y aludiendo a falsos potenciales efectos positivos para la salud del consumidor. 

Como ocurre con la publicidad de productos considerados especialmente insanos para el público infantil, de la que se ha hablado especialmente en las últimas semanas, la de bebidas alcohólicas “es un factor determinante en la consolidación de hábitos de consumo en jóvenes y adolescentes” y “son muchas las evidencias que muestran el impacto de la publicidad en la consolidación de hábitos y en las actitudes sociales hacia el alcohol”, como señala este boletín de Familias en Red Y Activas (FERYA), una propuesta de asociaciones y entidades de familias financiada por el Ministerio de Sanidad. 

Sin embargo, no siempre ha sido así. Si echamos la vista atrás, podemos encontrar publicidad de bebidas alcohólicas con alegaciones relacionadas con supuestos beneficios para la salud de niños, jóvenes y adultos. 

Entre otras, la referencia a un tipo de vino como “medicina y golosina” o el cómo una marca de cerveza presume de “traer el brillo de la salud” y “darle una nueva oportunidad a la vida” ya que “ningún medicamento puede igualarla como tónico”. “Una caja de cerveza en casa significa mucho para la madre joven y, obviamente, el bebé participa en sus beneficios”, puede leerse en otros anuncios de cerveza. “El mejor reconstituyente”, afirman sobre una determinada marca de vino otros mensajes promocionales.         

Ni la cerveza es lo que siempre se debe llevar a casa (tampoco por sus supuestos beneficios digestivos); ni es la bebida “del buen conductor del hoy y del mañana” y mucho menos hará todos los momentos “definitivamente mejor”. Todos ellos eslóganes que, además de apelar a un público especialmente, también lo hace a nuestra salud. De nuevo: el alcohol es perjudicial para nuestro organismo y así lo muestran las evidencias científicas al respecto. 

En el caso de la reciente aparición del ‘alcohol light’, del que ya hemos hablado en Maldita.es, su reclamo es el menor número de calorías que aporta (recuerda que no es el único factor a tener en cuenta en la pérdida de peso, y mucho menos para hablar de estilo de vida saludable, si estas proceden del alcohol), que comunica a través de mensajes como “La mitad de alcohol, todo carácter” o “Mitad de alcohol, mitad de calorías, pero con lo que tanto gusta”

La publicidad sobre alcohol no ha utilizado como único reclamo la salud física del consumidor: también se ha promocionado como un método de recompensa o de prestigio social, especialmente cuando se dirige al público más joven.

Actualmente, la Ley General de Publicidad prohíbe la publicidad de bebidas con graduación alcohólica superior a 20 grados por medio de la televisión. También en aquellos lugares donde esté prohibida su venta o consumo. “La forma, contenido y condiciones de la publicidad de bebidas alcohólicas serán limitados reglamentariamente en orden a la protección de la salud y seguridad de las personas, teniendo en cuenta los sujetos destinatarios, la no inducción directa o indirecta a su consumo indiscriminado y en atención a los ámbitos educativos, sanitarios y deportivos”, establece.  


Primera fecha de publicación de este artículo: 15/11/2021

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