“Juicio de conformidad para un acusado de usar redes sociales para publicar informaciones falsas y discriminatorias”, afirmaba en un tuit el Tribunal Superior de Justicia este 8 de noviembre en relación al acuerdo llegado entre un tuitero y la Fiscalía de Barcelona, acusado por un delito contra la dignidad de personas por su origen nacional. Según indican desde este tribunal, el acusado acordó con la Fiscalía una condena de “15 meses de prisión, multa 9 meses a 6 euros diarios e inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, docente, deportivo por 5 años sobre la pena”. Respondemos, en este preguntas y respuestas, a todas los detalles sobre el tema.
¿La condena es por un bulo?
No, la condena es por un delito contra la dignidad de las personas por su origen nacional, tipificado en el Código Penal. En la acusación sí se menciona la difusión de “informaciones falsas” por parte del acusado. Según señala la Fiscalía en el escrito, este compartió a través de su cuenta de Twitter “múltiples publicaciones de naturaleza xenófoba y racista [...] con supuestas informaciones deformadas y/o falsas sobre los inmigrantes en general”.
Además, se señala que todas estas publicaciones compartían un “idéntico rechazo frontal a la presencia de extranjeros en España, especialmente si son magrebíes y/o musulmanes”, y que sabía que “con su publicación y difusión masiva sabía que generaba o podía generar entre la población sentimientos de rechazo, fobia y aborrecimiento contra los mismos”.
¿Por qué se le condena?
Según ha indicado el Tribunal Superior de Justicia a Maldita.es, el tuitero ha sido acusado por un “delito contra los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas”. En el escrito de acusación de la Fiscalía de Barcelona se indica que se le acusa concretamente de un delito contra la dignidad de las personas extranjeras, recogido en el apartado 2 del artículo 510 del Código Penal.
¿A qué se le condena?
El acusado ha llegado a un acuerdo con la Fiscalía de Barcelona a una condena de “15 meses de prisión, multa 9 meses a 6 euros diarios e inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, docente, deportivo por 5 años sobre la pena”.
¿Qué sabemos del condenado?
Medios como El País, la Agencia EFE o eldiario.es señalan que se trataría de un guardia civil. En el escrito de acusación no figura y Maldita.es no ha podido comprobarlo de manera independiente.
¿Qué decía el bulo que difundió?
El acusado publicó en su cuenta de Twitter el 1 de julio de 2019 a las 22:24 horas un bulo que relacionaba un vídeo de una brutal agresión con una agresión registrada en Canet de Mar el 29 de junio de 2019 a manos de dos menores extranjeros no acompañados. El vídeo que difundió el condenado junto al mensaje "Aquí tenéis el video del MENA marroquí de Canet de Mar, a esos que le vamos a dar la paguita hasta los 23 años, los niños de Pedrito Piscinas", donde se veía a un hombre agredir a una mujer que estaba en el suelo, no era de una agresión cometida en España. Es un bulo que ya desmentimos el 2 de julio de 2019.
¿Dónde había sido grabado el vídeo?
En la ciudad de Dalian, al noroeste de China. Esta agresión fue grabada el 22 de junio de 2019, como se puede ver en la fecha de grabación que aparece en la esquina inferior derecha de las imágenes que se difundieron. Sobre esa agresión, diferentes varios medios chinos como South China Morning Post, China Plus o People's Daily Online publicaron las imágenes de la agresión de la cámara de viodevigilancia entre el 25 y 27 de junio (cuando la agresión en Canet del Mar aún no había tenido lugar).
Según escribe en esta pieza la periodista Mandy Zuo, del medio South China Morning Post, el video corresponde a una paliza a una mujer de 29 años que tuvo lugar en el distrito de Ganjingzi, en la ciudad de Dalian, situada al noreste de China, en la provincia de Liaoning, sobre la 1 de la madrugada del 22 de junio.
¿Por qué canales se difundió el bulo?
Desde Maldita.es recibimos decenas de a través de nuestro servicio de WhatsApp este vídeo con mensajes que lo relacionaban con una agresión a manos de menores no acompañados en España. También identificamos varios contenidos en otras redes sociales como Facebook o Twitter que también publicaban las imágenes relacionándolas con menores migrantes no acompañados en España.
¿El acusado fue el primero en publicar este vídeo relacionándolo con menores migrantes no acompañados en España?
No. El acusado publicó este contenido en su cuenta de Twitter el 1 de julio de 2019 a las 22:24 horas según indica la Fiscalía de Barcelona en su acusación. Sin embargo, hay otros publicaciones con ese mismo mensaje y con mensajes similares en redes sociales como Facebook publicadas antes, como esta, publicada el 1 de julio de 2019 a las 22:20 horas o esta a las 22:11 horas.