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MALDITO DATO

Transparencia confinada: el estado de alarma paraliza el derecho de acceso a la información

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El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, afirmaba este domingo en rueda de prensa que "el Portal de Transparencia, la transparencia, la información pública, es una de las prioridades, por no decir la primera prioridad, de este Gobierno después de terminar y acabar con el virus". En la misma línea se expresaba el lunes la ministra portavoz, María Jesús Montero, ante una pregunta de Maldita.es: "el compromiso con la transparencia es un compromiso que siempre está firme y que seguirá estando firme ahora, antes de la pandemia y después de la pandemia".

A pesar de estas declaraciones de los miembros del Gobierno desde la Moncloa, son numerosos los expertos que denuncian la forma en la que está actuando el Gobierno en materia de transparencia. "La transparencia está confinada", así resumen la situación en España Helen Darbishire, directora ejecutiva de Access Info Europe, la organización fundada en 2006 y dedicada a la promoción y protección del derecho de acceso a la información, y Patricia González, investigadora legal de la misma organización.

El Gobierno ha paralizado los plazos administrativos con el decreto del estado de alarma, lo que supone que no corran los plazos para responder a las solicitudes de información que hacen los ciudadanos a través de la Ley de Transparencia. Y, por lo tanto, que de facto no se pueda ejercer el derecho a acceder a información pública.

Da igual que pidas información a través de la Ley de Transparencia, las solicitudes no se tramitarán hasta que acabe el estado de alarma

Cualquier ciudadano puede pedir la información que considera pública al Gobierno utilizando la Ley de Transparencia. Es lo que se conoce como el derecho de acceso. 

Pero ahora mismo da igual lo que quieras conocer o lo que solicites. Y da igual desde el pasado de 14 de marzo. Ese día se decretó el estado de alarma en nuestro país. El decreto incluía una disposición que suspende los términos e interrumpe los plazos de los procesos administrativos. Esto significa que desde ese día no se están tramitando ni contestando las solicitudes de información pública realizadas a través del propio Portal de la Transparencia o de otras vías. Así que es indiferente lo que puedas preguntar o solicitar ahora mismo; hasta que acabe el estado de alarma no se tramitará ni responderá tu solicitud. Como mucho te puede llegar una notificación avisándote de la paralización de los plazos.

 Aviso del Ministerio de Ciencia e Innovación tras el registro de una solicitud de información de Maldita.es a este departamento.

"Mientras no se resuelvan las solicitudes de acceso a la información, mientras no se publique la información que la ciudadanía demanda y que impone la ley, seguiremos diciendo que la Ley de Transparencia se encuentra confinada", explican Darbishire y González, representantes de Access Info.

El Real Decreto incluía en un principio una excepción en las solicitudes relacionadas con la COVID-19 pero fue eliminada 4 días después de su publicación

El decreto del estado de alarma sí publicó una excepción para que se respondieran las solicitudes de información que estuvieran relacionadas con la actual crisis sanitaria. El decreto indicaba que la suspensión de plazos no afectaba a los procedimientos y resoluciones que se refieran "a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma".

Sin embargo, esta excepción fue eliminada cuatro días después, cuando se publicó otro decreto que modificaba el primero. En la nueva normativa se sustituía la excepción de los procedimientos relacionados con los motivos del estado de alarma. Desde ese momento tienen que ser los propios gobiernos o administraciones públicas quienes tomen la decisión de tramitar los procedimientos por estar relacionados con el coronavirus o el estado de alarma. "Podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios", recoge ahora el decreto. 

Es decir, ya no cabe la posibilidad de que el ciudadano intente acogerse a esa excepción, sino que es el Gobierno quien tiene que decidir tomar ese camino y contestar a las solicitudes que esté recibiendo.

El doctor en Derecho y experto en Transparencia Miguel Ángel Blanes asegura que "existe un apagón informativo injustificado". "Los ministerios pueden perfectamente tomar la decisión de no suspender los plazos para resolver y notificar las resoluciones de las solicitudes de acceso a la información pública de la COVID-19", denuncia en referencia al supuesto que recoge el actual decreto del estado de alarma. 

Las expertas de Access Info también aseguran que "el Gobierno debe permitir la continuidad de la tramitación de las solicitudes de acceso a la información". Pero a día de hoy no hay constancia de que esto haya sucedido con ninguna solicitud de información realizada al Gobierno de España.

El Gobierno hace excepciones con plazos de otros procedimientos administrativos

El Ejecutivo tiene la posibilidad de hacer excepciones en los plazos de algunos procedimientos administrativos. De hecho, así lo está haciendo en algunos procedimientos tributarios y de la Seguridad Social. En concreto, el Gobierno ha modificado el decreto del estado de alarma para incluir dos excepciones a la suspensión de plazos administrativos: los procedimientos de afiliación, liquidación y cotización de la Seguridad Social y los plazos tributarios; y, en concreto, las declaraciones de la renta.

Por lo tanto, el Gobierno tendría la posibilidad de plantear también excepciones para el acceso a la información publica a través de la Ley de Transparencia, pero todavía no las ha planteado. Blanes es uno de los expertos que lo ha solicitado. "Sólo falta lo más importante, la voluntad de querer continuar con la tramitación de los procedimientos. Y esa voluntad, de momento, brilla por su ausencia", explica ante las preguntas de Maldita.es.

El Banco de España, por ejemplo, sí ha añadido una excepción. Este 28 de abril el BOE publicaba que el banco ha decidido que la suspensión de plazos no cuente en el caso de las reclamaciones y quejas que los ciudadanos pueden interponer ante este organismo. Además, también recogen que los organismos del Banco de España puedan decidir por su cuenta que otros procedimientos administrativos tampoco queden parados*.

Reino Unido o Argentina mantienen los plazos y la normalidad en las solicitudes de transparencia

La situación que se ha dado en España se ha producido de la misma forma en otros países, pero no todas las administraciones han actuado igual a nivel internacional. Por ejemplo, en el Reino Unido, Argentina o el Consejo de la Unión Europea los plazos de las solicitudes de acceso a la información pública se mantienen con total normalidad.

El Consejo de la Unión Europea ha anunciado que continuará procesando las solicitudes, "haciendo todo lo posible por cumplir el plazo de 15 días laborables [el plazo bajo el que se rige este organismo habitualmente], durante la actual crisis del coronavirus", tal y como explica Access Info. "En Reino Unido no se han suspendido los plazos, pero el Comisionado de Información [el homólogo del Consejo de Transparencia] ha reconocido que en la práctica habrá retrasos en contestar, dado las realidades de la situación con funcionarios trabajando desde sus casas y no siempre teniendo acceso a los ordenadores, los archivos, y los bases de datos", añaden Patricia González y Helen Danbishire en declaraciones para Maldita.es.

En Argentina, por su parte, la Agencia de Acceso a la Información Pública, el órgano que vela por la transparencia en este país, resolvió el pasado 14 de abril que las solicitudes de acceso a la información pública fueran una excepción a la suspensión de plazos administrativos dictada por el Gobierno. Por lo tanto, las peticiones de transparencia deben seguir registrándose, tramitándose y resolviéndose. 

Esta decisión del órgano argentino no se podría replicar en nuestro país, ya que su homólogo en nuestro país, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, no tiene capacidad ejecutiva ni sancionadora para actuar por su propia cuenta. El Consejo, preguntado por Maldita.es, no ha querido valorar la situación en otros países asegurando que no disponen "de los datos suficientes sobre las medidas adoptadas por otros Estados y su funcionamiento como para opinar válidamente acerca de las soluciones aplicadas y su comparación con las adoptadas en España".

Helen Darbishire y Patricia González, en cambio, explican que "el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno necesita que se le dote de funciones que le permita actuar de forma más activa para proteger el derecho de acceso a la información y la transparencia". Y ponen de ejemplo que si este hubiera sido el caso, el Consejo "habría podido sancionar a aquellos organismos que no publicaran información". "Sin embargo, mientras no se reconozca en España el derecho de acceso a la información como derecho fundamental, no vemos claro que hubiese podido hacer algo parecido a lo ocurrido en Argentina", denuncian las representantes de Access Info.

De todos modos, la situación de Argentina tampoco es perfecta. Germán Emanuele, director de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de Poder Ciudadano, el capítulo argentino de la organización Transparencia Internacional, explica que "aunque la agencia decida que los plazos no se suspenden, va a depender de cada organismo si te quieren contestar o no y, en caso de hacerlo, si te dan la información o no". 

Lo que también destaca Emanuele es que en Argentina "si la administración no te responde, una vez pase el plazo vas a estar capacitado para reclamar". Esto en España no es posible, ya que como no corren los plazos y no se responden las solicitudes, hasta que todo vuelva a la normalidad es imposible llegar a la fase de reclamación ante el Consejo de Transparencia. Para poder recurrir una solicitud de información en España es necesario que haga un mes que no te responden o que contesten denegándote lo pedido.

El Gobierno no consultó al Consejo de Transparencia sobre la suspensión de plazos

El Consejo de Transparencia español, por su parte, además de no tener las mismas posibilidades que el argentino, debido a su falta de competencias, reconoce que el Gobierno ni siquiera le ha consultado antes de tomar las medidas que han suspendido la aplicación del derecho de acceso a la información en nuestro país. Desde el organismo público explican que entre sus funciones no está "la posibilidad de rechazar o intervenir en decisiones que se derivan del ejercicio de competencias estricta y únicamente atribuidas a otros órganos y, en este caso concreto, de cómo el ejercicio de estas competencias pueden verse afectadas por el estado de alarma".

"Hay que tener presente que ni el Consejo ni ningún organismo similar debe ser consultado antes de la adopción de medidas extraordinarias para la contención de una crisis como la ocasionada por la COVID-19. Mucho menos cuando estas se adoptan de forma urgente y en el ámbito de un estado de alarma", añaden. Lo que afirman sirve también como respuesta al comunicado del Portal de la Transparencia, que al anunciar la suspensión de plazos aseguró que se lo habían comunicado al Consejo, "sin indicaciones en contra, por su parte, como órgano supervisor en la materia". 

Extracto del comunicado en relación con el funcionamiento del Portal de la Transparencia durante el estado de alarma (17 abril 2020)

Esa comunicación del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de quien depende el portal, se realizó cuatro días después de decretar el estado de alarma, cuando ya se habían suspendido los plazos. Miguel Ángel Blanes explica que "se les intenta culpabilizar de la situación entendiendo su silencio como favorable". El propio Consejo de Transparencia ha indicado a Maldita.es que su "aceptación o acuerdo" no ha sido requerido "para la adopción de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma".

Aún así, Blanes también opina que "la falta de independencia real de estos órganos que velan por la transparencia hace que su reacción ante estos hechos tan graves sea inexistente". Asegura que "sería necesaria una reacción contundente para expresar su malestar ante el comportamiento del Gobierno", algo que le parece que no es posible "porque los medios de estos órganos dependen del propio Gobierno al que tienen que controlar".

El Consejo de Transparencia y más de 30 organismos de otros países piden a los Gobiernos que "salvaguarden los valores del derecho de acceso a la información"

Donde sí se ha expresado el Consejo de Transparencia es en el comunicado de la Conferencia Internacional de Comisionados de Información, que han firmado casi una cuarentena de organismos de todo el mundo, en el que se pide a los Gobiernos una "comunicación clara y transparente" y que "salvaguarden los valores del derecho de acceso a la información". Los órganos españoles que lo han firmado son el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía y el Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia.

El Consejo de Transparencia estatal recuerda que el comunicado no sólo recoge estos llamamientos, sino que también pide "prudencia y flexibilidad en la valoración de las necesarias medidas de contención de la pandemia adoptadas por los Gobiernos". "No podemos sino continuar defendiendo la necesidad de transparencia en la actuación pública y el derecho de los ciudadanos a conocer las decisiones que les afecten. Este planteamiento es el que debe presidir en la actuación de los organismos públicos en todo momento, no sólo en situaciones de crisis. Debe ser un esfuerzo continuo", explican desde el Consejo de Transparencia ante las preguntas de Maldita.es.

Los representantes del organismo público aseguran "que el derecho a la información y la transparencia son garantías imprescindibles en una democracia avanzada como la nuestra", pero que esto también se debe "conjugar con las medidas destinadas a la superación de la crisis sanitaria y la protección del derecho a la salud".

Algo similar a lo que expresan Patricia González y Helen Darbishire: "la importancia del derecho de acceso a la información es permanente, mediante su ejercicio la sociedad civil y la ciudadanía pueden vigilar que las decisiones tomadas por parte de los gobernantes se correspondan al bien común". Las expertas de Access Info explican que "el estado de alarma es necesario dadas las circunstancias que vivimos, pero no por ello debe restringir un derecho que es incluso imprescindible para combatir la pandemia".

Desde el Consejo de Transparencia, en cambio, no tienen una postura tan dura. Aseguran que las administraciones deberían tramitar las solicitudes de información para garantizar el derecho de acceso de los ciudadanos. Pero también entienden que en estos momentos "no se pueda hacer con toda la agilidad que sería deseable" y afirman que habrá que comprender que, en una crisis como esta, algunos departamentos tengan "otras prioridades".

Darbishire y González son menos benévolas: "la transparencia puede trabajar desde casa, puede teletrabajar también. Es cuestión de voluntad política". Algo similar a lo que piensa Miguel Ángel Blanes, quien cree que "todo el mundo puede entender que son momentos difíciles también para la Administración, pero si la mayoría de los funcionarios están teletrabajando, no se deberían haber paralizado las solicitudes de acceso a la información pública relacionadas con la gestión de la COVID-19. Seguro que dicha información está en formato electrónico y es muy sencillo facilitarla".

En Castilla y León la transparencia teletrabaja y las solicitudes de información siguen su curso

Hay otras administraciones que parece que sí que están predicando con este ejemplo y que el teletrabajo no se ha llevado por delante la transparencia. La Junta de Castilla y León es uno de los mejores ejemplos. Allí se siguen procesando las solicitudes de acceso a la información pública, a diferencia de lo que está haciendo el Gobierno de España. Así que los ciudadanos que le piden información si ven como sus solicitudes son tramitadas y posteriormente resueltas, ya sea con una respuesta positiva o denegándoles la información. Pero todo sigue su curso habitual.

Joaquín Meseguer, director general de Transparencia y Buen Gobierno en la Junta, explica que están "convencidos de que ahora más que nunca la transparencia es otra de las medicinas que necesitamos". Por ello, cuando las consejerías tuvieron que elaborar planes de continuidad de servicios básicos, "uno de los que incluimos nosotros fue el procedimiento de acceso a la información pública".

Aún así, Meseguer cuenta que la mayoría de solicitudes que les están llegando no están relacionadas con la COVID-19. El director general de Transparencia plantea como posible motivo que ya "están intentando hacer una buena publicidad activa sobre la crisis". Lo cierto es que los datos que publican están siendo aplaudidos por distintos expertos en la materia. La labor en cuanto a transparencia, publicidad activa y datos abiertos de la Junta de Castilla y León durante esta crisis ha sido aplaudida, por ejemplo, por Esperanza Zambrano, subdirectora general de Reclamaciones del Consejo de Transparencia, en un artículo de opinión para la Asociación de Periodistas de Investigación (API).

De todos modos, no todos los Gobiernos autonómicos están actuando de la misma forma. La Comunidad de Madrid, por ejemplo, sigue el ejemplo del Gobierno central y está notificando a los solicitantes de información la paralización de los trámites. Aunque añaden un "no obstante, intentaremos resolver su solicitud a la mayor brevedad posible". Algo similar explica el Consejo de Transparencia: "estamos poniendo todo nuestro esfuerzo en que la suspensión de plazos decretada no afecte a los tiempos de respuesta a los ciudadanos que se hayan dirigido a nosotros". Y es que el organismo sigue resolviendo durante el estado de alarma reclamaciones que ya estaban en tramitación. Incluso con más celeridad que los tres meses de plazo que marca la ley.

Aviso de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid tras el registro de una solicitud de información de Maldita.es a este departamento.

Esta discrecionalidad en la forma de actuar de las distintas administraciones públicas también causa que en algunos casos los ciudadanos no sepan qué va a suceder cuando mandan una solicitud de información durante el estado de alarma: si les van a responder o no. O aún más simple: si se va a tramitar la solicitud o no.

Una vez vuelvan a correr los plazos puedes tardar medio año en conseguir la información que solicitaste

Si se da el caso de que no te la tramitan, habrá que esperar a que vuelvan a correr los plazos. A partir de esa fecha la Administración tiene un mes para responderte. Si no lo hace, o te deniega la información, puedes acudir al Consejo de Transparencia e interponer ante este órgano una reclamación.

Después el Consejo, a su vez, tiene tres meses para resolverla. Si te da la razón a ti como ciudadano, instará a la Administración en cuestión a que te entregue lo solicitado y les indicará un plazo para ello. En definitiva, cuando todo vuelva a la normalidad se puede acabar sumando: un mes para responderte, tres meses de proceso de reclamación y el plazo que el Consejo dé a la Administración para que te entregue lo pedido, en caso de que resuelva a tu favor. En total: casi medio año

Esto es algo de lo que se queja Blanes. "Durante este largo estado de alarma, nadie puede acceder a la información pública relacionada con la gestión de la crisis. Y a estos dos meses hay que sumar el tiempo que transcurrirá hasta que se entregue la información. Una vez extinguido el estado de alarma, si la información es denegada o, sencillamente, no se contesta a la solicitud de información, a buen seguro habrá que esperar meses o años para llegar a conocer dicha información", resume. El experto, además, lo califica como "algo absolutamente inaceptable en un Estado democrático de Derecho".

Danbishire y González coinciden en criticar el "tiempo excesivo" que puede pasar hasta que consigas la información solicitada: "es algo que atenta contra nuestro derecho de acceso a la información y, así, a nuestra libertad de opinión y expresión".

*La excepción de las reclamaciones y quejas ante el Banco de España se añadió a este artículo el 28 de abril, el día de su publicación en el BOE.

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