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Sí, un hombre senegalés ha sido condenado a trabajos comunitarios y pagar una indemnización por la agresión sexual a una menor: no entrará en prisión si no delinque en tres años

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El 25 de febrero de 2026, la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca condenó a un joven de origen senegalés, que en el momento de los hechos tenía 19 años y carecía de antecedentes penales, por la agresión sexual con penetración vaginal a una menor de 14 años. Tras el reconocimiento de los hechos, el tribunal fijó una pena de dos años de cárcel para el acusado, que se acordó suspender en base al artículo 80.1 del Código Penal y con la condición de no delinquir en un plazo de tres años, cumplir 60 días de trabajos comunitarios y abonar los 4.000 euros restantes de la indemnización de 7.500 euros prevista. Según el Código Penal, la suspensión de condenas inferiores a dos años puede realizarse amparada por la conducta del acusado tras la comisión del delito, la ausencia de antecedentes o el esfuerzo por reparar el daño al considerarse que no es necesaria la entrada en prisión “para evitar la comisión futura de nuevos delitos”. También se impuso la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima durante cinco años, según la sentencia remitida a Maldita.es
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2/27/26
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«Un senegalés que abusó de una niña de 14 años evita entrar a prisión haciendo 60 días de trabajos comunitarios»

Un senegalés que abusó de una niña de 14 años evita la prisión con 60 días de trabajos comunitarios
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