Este real decreto no solo simplifica el acceso de las personas migrantes en situación irregular, sino que también amplía la cobertura sanitaria de las personas españolas residentes en el extranjero y sus familiares cuando estén temporalmente en España y exime de pagar prótesis o productos ortopédicos a quienes ya estén exentos de pagar medicamentos “por situación de vulnerabilidad o renta”. Todos los detalles sobre el real decreto acerca de la universalidad de la sanidad aquí.
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Qué sabemos sobre la ampliación de la cobertura sanitaria para “inmigrantes irregulares”: es un derecho reconocido desde 2018
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El 13 de marzo de 2026 entró en vigor el real decreto anunciado por el Gobierno que regula, entre otras cosas, la atención sanitaria universal para las personas extranjeras que residan irregularmente en España. Sin embargo, el acceso de estas personas a la sanidad en los mismos términos que las españolas no es nuevo, sino que existía desde 2018. Ahora cambian tres cosas. Primero, podrán acreditar el no tener cobertura sanitaria por ninguna otra vía con una declaración responsable. Segundo, se unifican los requisitos exigidos en todo el territorio, por lo que ya no dependerán de las comunidades autónomas como hasta ahora. Tercero, ya no será obligatorio el certificado de empadronamiento para acreditar residencia efectiva en España, sino que se aceptarán otros documentos, como certificados de escolarización, facturas a nombre del solicitante o documentos de inscripción consular.
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3/11/26
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«Sanidad permitirá el acceso a la atención sanitaria a inmigrantes en situación irregular cuando no tengan seguro ni cobertura sanitaria en otro país»
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