La suspensión de Félix Bolaños como abogado: el Colegio de la Abogacía de Madrid dice que es una "simple actualización registral" por incompatibilidad con su cargo
Sin embargo, en redes sociales se difunde que Bolaños ha sido suspendido “por infracciones graves e ilegales”. Por esta razón, el ICAM aclaró en un comunicado que, tras recibir “denuncia nominativa” por la incompatibilidad de cargos del ministro, decidió que pasara a ser “colegiado no ejerciente”. La institución subraya que es “una simple actualización registral, sin mayor trascendencia ni efecto sancionador”. Amplía que “es importante desmentir de forma rotunda que esta decisión implique suspensión alguna de la condición de colegiado”. El Estatuto General de la Abogacía Española estipula en el artículo 4 que serán profesionales de la abogacía quienes estén “incorporados a un Colegio de la Abogacía en calidad de ejercientes y se dedican de forma profesional al asesoramiento jurídico”. Además, establece que “corresponde en exclusiva la denominación de abogada y abogado” a los colegiados que se encuentren ‘como ejercientes’.
«Suspenden a Bolaños como abogado tras una denuncia por infracción deontológica»
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