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MALDITO BULO

La "regularización de 900.000 inmigrantes" en España no les concede la nacionalidad pero sí posibilita comenzar a cumplir los requisitos

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Claves
  • Circulan contenidos que afirman que el Gobierno “abarata la nacionalidad española” al “rebajar los requisitos para ser nacionalizado” y “va a nacionalizar rápidamente” a 900.000 personas extranjeras que podrán votar en las elecciones
  • La cifra de 900.000 personas es una estimación del Gobierno, pero se refiere a personas regularizadas, no nacionalizadas, en tres años con el nuevo reglamento de extranjería
  • Para obtener la nacionalidad, es necesario haber residido legal y de forma continua en España un mínimo de entre dos y diez años, según el país de origen de la persona, además de hacer dos pruebas en el Instituto Cervantes
  • La Secretaría de Estado de Migraciones niega que se vaya a “flexibilizar requisitos de nacionalidad”

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Lo que circula: “El Gobierno abarata la nacionalidad española para poder regularizar a 900.000 inmigrantes” y “la nacionalidad española estará más barata que nunca de ahora en adelante” por la “nueva ley de extranjería” que “rebaja los requisitos para ser nacionalizado hasta límites nunca vistos”. También circulan contenidos que dicen que las personas regularizadas podrán votar en las próximas elecciones. 

Verificación

  • Ni el nuevo Reglamento de Extranjería que regularizaría a 900.000 personas (según la estimación del Gobierno) ni la Iniciativa Legislativa Popular puesta en marcha para regularizar a 500.000 inmigrantes supone la concesión de la nacionalidad. 

  • Las personas regularizadas no podrían votar en elecciones generales ni autonómicas, pero sí en locales en el caso de algunos países concretos con los que hay acuerdos. Estos países son, principalmente, latinoamericanos (Colombia, Perú, Paraguay, Chile…), países miembros de la Unión Europea, Reino Unido, Islandia y otros como Trinidad y Tobago.

  • El nuevo reglamento no cambia los requisitos para obtener la nacionalidad, que incluyen residir legal y continuadamente en España entre dos y diez años según el país de origen y realizar dos exámenes en el Instituto Cervantes. 

  • La flexibilización de requisitos para regularizar la situación de una persona en España sí posibilita empezar a cumplir con los requisitos necesarios para obtener la nacionalidad.

Los cambios en el Reglamento de Extranjería facilitan la regularización, pero no da la nacionalidad ni cambia nada de los requisitos para conseguirla

El 20 de mayo de 2025 entró en vigor un nuevo reglamento de extranjería. Esta reforma del Gobierno de Pedro Sánchez no supone la concesión de la nacionalidad ni cambia los requisitos para obtenerla: solo reduce los tiempos en los que una persona inmigrante puede regularizar su situación en España. Un caso es el de la autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española, sin darles la ciudadanía, permitiéndoles la residencia temporal en España. 

¿De dónde sale la cifra de 900.000 que se difunde afirmando que serán nacionalizados? De una estimación del Gobierno que se refiere a regularizaciones, no a nacionalizaciones, y en un plazo de tres años: 300.000 personas al año, que resultan en 900.000 personas en total. 

La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) resume los principales cambios del reglamento: reducción en un año del tiempo exigido para solicitar la regularización por arraigo, la flexibilización de requisitos y el desarrollo de los visados como vía regular de entrada.

La doctora en Derecho y Ciencias Sociales Raquel López Merchán, y maldita que nos ha donado sus superpoderes, aclara que el Reglamento recoge “nuevas formas de obtener la autorización para permanecer en nuestro país de forma regular” y se amplían los tipos de arraigo, es decir, de las autorizaciones excepcionales que se destinan para dar un permiso de residencia temporal a personas extranjeras que se encuentran en situación administrativa irregular. Pero “la obtención de la nacionalidad sigue teniendo los mismos requisitos, no cambian”, aclara la jurista.

La regularización significa permitir el trabajo y la residencia a las personas inmigrantes que viven en España de manera irregular, pero no supone la concesión de la nacionalidad. “No se trata de otorgar la nacionalidad, ni mucho menos, sino que todas esas personas que llevan residiendo en España en situación administrativa irregular puedan hacerlo de forma legal con una autorización de residencia y trabajo”, aclara Raquel López Merchán.

Tal y como explica a Maldita.es Mikel Mazkiarán, abogado de SOS Racismo Gipuzkoa, la nacionalidad se regula en el Código Civil y los permisos y derechos de los extranjeros en España en la ley de extranjería y su reglamento. “No pueden mezclarse ambas. Cualquier cambio sobre la nacionalización pasaría por cambiar el Código Civil”, aclara Mazkiarán. “El nuevo reglamento no dice nada sobre acceso a la nacionalidad ni la ley de extranjería”, concluye.

Además, CEAR denuncia que el nuevo reglamento deja a las personas solicitantes de asilo pendientes de resolución en situación administrativa irregular si sus peticiones son denegadas. Para corregir esta situación, según publicaron algunos medios, el Gobierno está negociando con otros grupos parlamentarios regularizar a todos los inmigrantes que hayan llegado a España antes de 2025, tras desbloquear el Congreso la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para regularizar a medio millón de personas migrantes. A 28 de mayo de 2025 esta regularización no se ha aprobado.

Un mínimo de dos o diez años de forma legal y continuada antes de poder pedir la nacionalidad española

Para que las personas migrantes regularizadas a partir del cambio del reglamento de Extranjería y de la ILP todavía no aprobada puedan obtener finalmente la nacionalidad española por residencia, deberán residir un periodo mínimo que va desde los dos años (en el caso personas de países de iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí) hasta los diez de forma “legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición” en España. Además, tendrán que hacer dos exámenes en el Instituto Cervantes: uno sobre el idioma español y otro sobre conocimientos constitucionales y socioculturales.

Por lo tanto, aunque estos dos cambios legales no supone darles la nacionalidad a miles de inmigrantes, al regularizar su situación sí podría acortar el tiempo necesario para poder aspirar a la nacionalidad.

La Secretaría de Estado de Migraciones niega que se vaya a “flexibilizar requisitos de nacionalidad”

Desde la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones señalan a Maldita.es que “esas afirmaciones sobre nacionalidad son FALSAS” por varios motivos. Primero, porque lo que se amplía es la figura del arraigo, “con cinco figuras y la reducción del tiempo de estancia en España -de tres a dos años”. Además, la ILP a debate en el Congreso “nada tiene que ver con el Reglamento de la Ley de Extranjería, si bien son complementarios”. La Secretaría de Estado de Migraciones indica que “en ningún caso se habla de otorgar o flexibilizar requisitos de nacionalidad, sino de regularizaciones a través de autorizaciones de residencia y trabajo”.

La regularización da derecho al voto en autonómicas o generales, pero sí en municipales si hay acuerdos con el país origen

Al no tener la nacionalidad española, estas personas regularizadas tampoco podrán votar ni en unas elecciones generales ni en las autonómicas, como ya hemos explicado. En las municipales solo pueden votar extranjeros con residencia legal en España que sean, o ciudadanos de la Unión Europea, o provengan de países con los que España tiene firmados acuerdos de reciprocidad. En las elecciones municipales de 2023, estos países fueron Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago y los países miembro de la Unión Europea.

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes la maldita Raquel López Merchán, doctora en Ciencias Sociales y Derecho.

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