“Agentes de salud podrán ir a tu casa y grabarte” para elaborar la Encuesta Nacional de Salud de España y recoger “datos que son confidenciales especialmente protegidos por la LOPD, datos atinentes a la intimidad de las personas que no se deben facilitar a nadie”. Con estos mensajes, un vídeo de YouTube da supuestas claves para hacer frente a la situación que supuestamente se promueve con esa encuesta. Pero no existe ninguna “normativa” del Gobierno que permita entrar “a grabar” imágenes en casas, no hay “sanciones” si no se participa en la encuesta, que es voluntaria, y la información que se recaba no atenta contra las leyes de privacidad de datos.
En el vídeo se muestran capturas reales de un anuncio de licitación y del pliego del Ministerio de Sanidad para contratar a una empresa que recoja y procese los datos de la Encuesta Nacional de Salud de 2023. Estos documentos y los fragmentos que extrae son reales, pero no respaldan las desinformaciones que enumera. La realización de esta encuesta cada cinco años es, por ley, una competencia de Sanidad en colaboración con el INE, y según el convenio firmado por ambas instituciones le corresponde al ministerio “redactar el pliego de contratación” de la empresa encargada de la recogida de datos y formar a los “encuestadores”. En la licitación se fija un importe de casi 2 millones de euros con impuestos con un plazo de ejecución de 15 meses.
No hay ninguna “normativa” que permita al Estado “entrar” en las casas para recabar “datos de salud” y grabar
“Se ha aprobado una normativa que permite al Estado, al Gobierno, entrar en vuestras casas para recabar datos de salud e incluso grabaros. Viene hoy en el BOE”, arranca el vídeo. Y cita un anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de marzo para contratar “el servicio de recogida, grabación, codificación y depuración” de la Encuesta Nacional de Salud de 2023. Pero es un bulo, porque el anuncio de licitación no es una normativa sino el primer paso para contratar a la empresa encuestadora.
Después se apoya en el pliego de prescripciones técnicas (que son las condiciones para contratar y que se publican en la Plataforma de Contratación del Sector Público) y habla de las “visitas personales” que tienen que hacer los encuestadores para recabar los datos y de la “grabación” durante el proceso.
En el título del vídeo en YouTube y en las primeras frases se habla de que las personas que supuestamente pueden entrar en casa a grabar son del “Estado” o el “Gobierno” o “agentes de salud” para recabar esos datos de la Encuesta Nacional de Salud. Otros contenidos hablan de una “Gestapo de la salud”. No es cierto; los encargados de las entrevistas personales serán encuestadores (o inspectores de la encuesta, en su caso) de la empresa adjudicataria.
Las “visitas personales” en una encuesta se acuerdan previamente con la persona que vive en la vivienda
“Entonces llega la visita del personal autorizado y se dice que visitarán todas las viviendas que compongan la muestra y no hayan colaborado” con la encuesta por internet, comenta el vídeo leyendo el pliego. Pero estas visitas presenciales no pueden ocurrir si no son acordadas previamente y se pueden desatender, como indican tanto Sanidad como el experto consultado por Maldita.es, el abogado Miguel Vieito Villar.
En el vídeo se lee entre las tareas para recabar los datos que se hará la “visita personal a todas las viviendas” de la muestra que no hayan enviado antes la encuesta por internet previamente notificada por carta. Así figura en el pliego de prescripciones técnicas, que también es real e incluye que si es necesario que haya una “visita personal” a una vivienda, deberá ser notificada por carta dos o tres días antes de la fecha prevista.
Miguel Vieito Villar, abogado especializado en Derecho y nuevas tecnologías y maldito que nos ha prestado sus superpoderes, explica que “los entrevistadores no entrarán en casa de nadie sin acordarlo previamente con esa persona”. Además, el término “visita” al que se hace referencia “se refiere a la participación cara a cara en la encuesta” no a la obligatoriedad de visitar la casa.
“Puedes no contestar bien ignorando las cartas, ignorando las llamadas de teléfono para concertar cita y no abriendo la puerta cuando pase el entrevistador. O abriendo y diciendo que no te interesa participar”, explica el abogado sobre qué hacer tras la notificación de la encuesta.
El abogado cita el artículo 18.2 de la Constitución, por el que “el domicilio es inviolable” y “ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito".
No es la primera vez que se realiza esta encuesta: en 2017 y 2011-2012 ya se utilizaron entrevistas personales para la recogida de datos
No es la primera vez que se realiza este tipo de encuesta en España. Como se puede comprobar en la web del INE, la última fue en 2017 y anteriormente se llevó a cabo en el 2011-2012, 2006 y 2003.
En la metodología de la encuesta de 2017 (página 17) ya figura que la recogida de datos se realizaría mediante “entrevista personal asistida por ordenador (CAPI), que podría ser complementada, cuando sea necesario y en casos excepcionales, mediante entrevista telefónica”. También figura este mismo método de recogida de datos en la metodología de la encuesta de 2011-2012, que fue el año en el que se introdujeron estas entrevistas.
Para la de 2023, el pliego añade la “recogida multicanal por internet (CAWI)”, manteniendo la entrevista personal que ya se realizó en las ediciones anteriores. En concreto, el pliego indica que se llevará a cabo “mediante recogida multicanal por internet (CAWI) y por entrevista personal con cuestionario electrónico en ordenador portátil (CAPI)” con el “aplicativo desarrollado por el INE” y dispositivos de la empresa adjudicataria.
“Grabar” en una encuesta hace referencia a “registrar” las respuestas en una aplicación, según Sanidad y un experto consultado por ‘Maldita.es’
“Fijaos, que se va a grabar”, alerta en el vídeo, como también circula en redes. El pliego indica que la “grabación” hace referencia a “las incidencias que surjan y las entrevistas que se realicen” en la aplicación de la recogida de datos para trasladarlas después al INE. Tanto Sanidad como Vieito explican que “grabar” no implica hacer una grabación con ningún dispositivo de imágenes de la encuesta, de la entrevista o de la vivienda.
“El término grabar no hace referencia a la toma de imágenes, sino a registrar en un formulario informático las respuestas, mediante un sistema de codificación establecido que recoge el ‘número’ de la pregunta y el ‘Código’ correspondiente a la categoría de respuesta”, explica el ministerio. Vieito indica que “grabar” en estadística se utiliza como “sinónimo de ‘anotar’, ‘recoger’ o meter datos en una aplicación”.
Participar en esta encuesta es voluntario por ley y no hay “sanciones” por no hacerlo o si se dan “incidencias”
El vídeo habla de que a raíz de las “incidencias” que se pueden registrar en la recogida de datos habrá una “sanción, que se impondrá como vendrá regulado en la normativa específica correspondiente”. Pero no es cierto que haya sanciones: responder a la encuesta es voluntario y no se recogen en ninguna norma. “Las incidencias son datos que pueden colocar duda en la validez estadística; no tiene nada que ver necesariamente con una sanción”, puntualiza el abogado Vieito.
El área de Sanitarias del Instituto Nacional de Estadística (INE) explica a Maldita.es que “dado el tipo de información que se recoge, [participar en la encuesta] tiene carácter voluntario”. Esto se debe a que el artículo 11.2 de la Ley 12/1989, de la Función Estadística Pública recoge que la participación en encuestas será de carácter voluntario siempre y cuando los datos afecten “a la intimidad personal o familiar”, como es el caso. Así está recogido en el informe metodológico de la encuesta [punto 6.1].
El INE y Sanidad explican a Maldita.es que solo se recogerán datos con “previo consentimiento expreso de las personas interesadas”. Así ha sucedido en otras entregas de la encuesta. En la última, de una muestra de 37.500 viviendas participaron 23.860 hogares, según la memoria metodológica de 2017 [pág 21]. La licitación para elaborar la Encuesta Nacional de Salud de 2023 cuenta con una muestra de 37.500 viviendas con 2.500 secciones censales.
Entregar información para la Encuesta Nacional de Salud no choca con la ley de protección de datos
“Como veis se pretende recabar la información sanitaria de las personas. Estos son datos confidenciales especialmente protegidos por la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), datos atinentes a la intimidad de las personas que no se deben facilitar a nadie. Ni se debe facilitar al Gobierno ni se debe facilitar a nadie porque esto tb puede dar lugar a fraudes” indica el vídeo mientras en redes hay usuarios que creen que la encuesta permite que nos roben “toda nuestra privacidad y no hacemos nada”.
“La propia normativa de protección de datos permite el uso de datos en este contexto y con estas y otras condiciones”, explica Vieito. El artículo 25 de la Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales reconoce que la entrega de datos es voluntaria y con consentimiento expreso los datos que reconoce el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) europeo.
Y este, en su artículo 9, recoge la prohibición del tratamiento de determinados datos personales, entre ellos los “datos relativos a la salud”, al tiempo que advierte que no se podrá aplicar si concurre, entre otras situaciones, que sea necesario tratarlos “por razones de interés público en el ámbito de la salud pública” [art. 2.i].
Sanidad explica a Maldita.es que “los datos personales son anonimizados” para crear indicadores y explican que “todo trabajo estadístico se realiza bajo dicha anonimización”, y que “en ningún caso” será difundida de manera en la que se pueda identificar a un encuestado, como prohíbe explícitamente el artículo 9 del RGPD.
En el Plan Nacional de Estadística 2021-2024 se describen como principales variables de la Encuesta Nacional de Salud[pág. 146]: “Autovaloración del estado de salud, limitación de la actividad, uso de servicios sanitarios y de medicamentos, hábitos de vida, cobertura sanitaria. Edad, sexo, tamaño del hábitat, país de origen y estatus socioeconómico (nivel de estudios, ocupación e ingresos). Por muestreo”.
Vieito añade que no habría problema en facilitar los datos “si así lo deseamos y con una finalidad beneficiosa para el conjunto de la sociedad”.
En este artículo ha colaborado con sus superpoderes el maldito Miguel Vieito Villar, abogado especializado en Derecho y nuevas tecnologías.
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Primera fecha de publicación de este artículo: 14/04/2023