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MALDITO BULO

No, la Policía no ha recomendado romper ventanillas de coches si hay animales dentro

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Animales

“La Policía dice que si ves un perro encerrado en un coche cuando haga extremo calor, hagas una foto y luego rompas la ventana. De esta manera no serás acusado de daños criminales y la policía tendrá pruebas para llevar a los propietarios de esos perros a los tribunales”. Este es el texto que circula en redes sociales y que se comparte cada verano.

Según estos contenidos, "la acción de la rotura de la ventana para salvar a un animal se considera legítima en base al art. 20.5 del código penal que, en estos casos, reconoce el estado de necesidad" (sic). Anteriormente también se ha movido un texto similar, pero en base al artículo 54 del Código Penal. Pero es un bulo que la Policía recomiende romper ventanillas de coches si hay un animal dentro en caso de “extremo calor”. De acuerdo con la Policía Nacional, “si encuentras un animal encerrado dentro de un vehículo y crees que corre peligro”, llama al 091. Esto además, ya lo desmentimos en Maldita.es en 2017.

Contenidos que circulan en redes sociales

La Policía Nacional ya lo ha desmentido en redes sociales en años anteriores

En 2017 y en 2018 la Policía Nacional, a través de su cuenta de Twitter, ya dijo que confíes “en mensajes de fuentes oficiales” y uses “el sentido común” y que pases de “bulos”. También añadía en ambas ocasiones que “si encuentras un animal encerrado dentro de un vehículo y crees que corre peligro”, llames al 091.

Asimismo, el artículo 54 del Código Penal no hace referencia al “estado de necesidad”, como aseguran los contenidos que circulan en redes, sino que dice que “las penas de inhabilitación son accesorias en los casos en que, no imponiéndolas especialmente, la Ley declare que otras penas las llevan consigo”.

Artículo 54 del Código Penal

Por su parte, el artículo 20.5 del Código Penal indica que “están exentos de responsabilidad criminal el que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos: que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar, que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto” o que “el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse”.

Artículo 20.5 del Código Penal

No obstante, en respuesta a Maldita.es, desde la Policía Nacional indican que se remiten a “ambos tuits publicados” y que “ante una emergencia o urgencia, se marque el 091”. Añaden que “si hay una situación crítica y se rompe la ventanilla, habrá que evaluar las circunstancias y el contexto, pero no hemos dado pautas básicas o un consejo directo que diga que hay que romper ventanillas”.

En definitiva, es un bulo que la Policía recomiende romper ventanillas de coches si hay un animal dentro en caso de “extremo calor” sino que aconseja llamar al 091 y comunicarlo.

En Maldita.es, además, ya os hemos explicado qué hacer para prevenir golpes de calor en perros y las pautas que debes seguir en caso de que ocurran.

Este es el desmentido que publicamos en 2017:

  • La Policía no dice que "si ves un perro encerrado en un coche en caso de fuerte calor hagas una foto del perro y del coche y luego rompe la ventana". 
  • El artículo 54 del CP no menciona ningún estado de necesidad
  • Recomiendan llamar al 091.
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