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Política
Desastres medioambientales
- La ley especifica que tienen que pasar 30 años para que se pueda recalificar el terreno quemado.
- Hay una excepción: se puede cambiar la calificación por razones imperiosas de interés público de primer orden.
- Esta excepcionalidad nunca se ha aplicado desde que se aprobó la ley.
- Si se quisiera aplicar, la comunidad autónoma debería plasmar de forma pública sus razones imperiosas en una ley.