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MALDITA EXPLICA

Cómo reclamar cuando una empresa cierra y no hemos disfrutado el servicio que hemos pagado

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  • Si una empresa anuncia el cierre cuando aún no ha dado un servicio ya pagado, se puede reclamar el dinero, para lo cual hay que enviar una explicación y solicitar la devolución a la entidad
  • La reclamación ha de incluir toda la información posible, como contratos, recibos, facturas o cualquier comunicación relevante con la empresa, y se debe presentar en el plazo de un mes desde que la empresa se declara en concurso de acreedores 
  • Hay tres vías para presentar la reclamación: por medio de un contacto que hayan dado para dar soluciones a los clientes ante el cierre, a través del domicilio social que aparezca en su registro mercantil o a través del "administrador concursal" que hayan nombrado tras presentar su concurso de acreedores
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Si una empresa cierra y no se puede disfrutar del servicio por el que se ha pagado, se puede reclamar la devolución del dinero correspondiente. Esta reclamación formal debe incluir toda la documentación necesaria que demuestre el dinero que nos debe. Si la empresa se declara en concurso de acreedores, el afectado tiene un mes para inscribirse en él y solicitar este dinero.

¿Cómo se reclama el dinero que he pagado a una empresa por un servicio que no he disfrutado por su cierre? 

Si se ha contratado un servicio con una empresa que ha cerrado y no nos lo va a poder dar, hay que hacer una reclamación formal a la empresa lo antes posible (si la empresa ha facilitado un contacto, si no hay formas para intentar localizarlo que explicamos más abajo). En la reclamación hay que explicar la situación y solicitar la devolución del dinero o pedir que deje de pasarnos los pagos que se hubieran acordado por contrato.

Si se trata de un servicio del que se ha disfrutado una parte, pero no se ha terminado, como un bono de 12 pases en un cine del que sólo se han gastado 10, se tiene que devolver el dinero proporcional del servicio que no se ha podido disfrutar.

¿Qué se debe incluir en la reclamación que hay que enviar a la empresa para recuperar mi dinero?

Cuanta más información se tenga para incluir en la reclamación, mejor. Graciela Domínguez, maldita y experta en derechos del consumidor de Confianza Online, asociación especializada en protección de datos, dice a Maldita.es que se ha de incluir el contrato, el presupuesto que se daba, los recibos de los pagos, publicidad que anunciase el servicio, facturas o “cualquier comunicación intercambiada con la empresa” que sea “relevante” para acreditar el dinero que se debe.

¿De cuánto tiempo dispongo para poder reclamar este dinero a la empresa que ha cerrado? 

Un mes. Victoria Gaitán, maldita y experta en derechos del consumidor, si se ha pagado ese servicio al contado (cuando se da el dinero completo a con un pago en efectivo, tarjeta o transferencia), lo primero es esperar a que la empresa se declare en concurso de acreedores, algo que se puede localizar en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Es necesario que el afectado se inscriba en el concurso de acreedores para recuperar su dinero. Desde el día siguiente a la fecha de publicación de este concurso en el BOE se dispone un mes para ponerse en contacto con la empresa y gestionar la inscripción.


¿Cuándo se recibe el dinero que se ha pagado a la empresa por un servicio del que no se ha disfrutado?

En caso de que la empresa se haya declarado insolvente, Victoria Gaitán señala que es probable que las personas a las que se les debe dinero no lo vayan a cobrar. Por el contrario, aunque la empresa sea solvente, el pago no se recibe “inmediatamente”, ya que el poco dinero que hay disponible primero se utiliza para pagar otras deudas prioritarias como las de Seguridad Social, Hacienda y el salario de sus empleados. Solo tras esos pagos se devuelve el dinero a los afectados.

¿Y si tengo el servicio pagado a plazos, qué hago con los siguientes pagos que están por venir?

En este caso hay que avisar al banco e informarles de la situación para solicitar que anulen los pagos que aún no se han hecho, según indican las fuentes consultadas por Maldita.es.

¿Cómo se puede contactar con la empresa para reclamar el dinero que me deben a pesar de que haya cerrado? 

Por una parte, la empresa también puede proporcionarnos la información necesaria para poner la reclamación. Si se puede contactar con la empresa directamente a pesar del cierre, se les puede solicitar toda la información de los servicios que se tenían contratados para que nos devuelvan el dinero

Además, aunque la empresa haya cerrado, es posible que tenga algún contacto para gestionar estas reclamaciones. Si no incluyen en su web una vía de contacto para gestionar estas reclamaciones, Graciela Domínguez, experta en derechos del consumidor, aconseja buscar información para contactar con la empresa en el Registro Mercantil, ya que en ocasiones se nombra a un “administrador concursal” que puede manejar las solicitudes de datos recibidas y comunicar el dinero que se debe. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) también explica que en el Registro Mercantil también figura el domicilio social de la empresa, otra vía de contacto directa en caso de cierre.

En la petición se puede incluir que se desea acceder a los datos personales “en virtud del Reglamento General de Protección de Datos”. Según el reglamento, la empresa tiene un mes para responder a este tipo de peticiones.

¿Cómo envío la reclamación de los servicios que no he podido disfrutar a la empresa o cómo me comunico con ella?

La mejor forma para comunicarse con la empresa es a través de un medio que “permita dejar constancia de que han recibido” la solicitud. Graciela Domínguez, experta en derechos del consumidor de Confianza Online, recomienda hacerlo a través de una carta certificada con acuse de recibo o un correo electrónico y guardar copias de todos ellos o de las cartas que se envíen y se reciban por parte de la empresa. 

¿Qué sucede si no se puede contactar con la empresa de ninguna forma o no atienden las solicitudes?

Si la empresa no responde o no cumple con las reclamaciones, se puede presentar una denuncia ante la Oficina de Atención al Consumidor de la comunidad autónoma en la que se resida o una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos. Ambas instituciones ayudarán y procederán en caso de que la empresa no esté disponible para atender la reclamación. Graciela Domínguez, indica que también se puede acudir a la vía judicial con la ayuda de una asesoría legal en caso de que no se atienda la solicitud o esta no sea de nuestro agrado.

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes las malditas Victoria Gaitán y Graciela Domínguez, expertas en derechos de los consumidores.

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