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MALDITA EXPLICA

Piqué y la cláusula de la Ley del Deporte que impide establecer relaciones comerciales con deportistas en activo

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Gerad Piqué, el defensa del Fútbol Club Barcelona, anunció este jueves su retirada del fútbol profesional. Una noticia hecha pública el mismo día que el Congreso de los Diputados aprobó la nueva Ley del Deporte, que, para entrar en vigor, deberá pasar todavía por el Senado y volver al Congreso si hay alguna enmienda. La norma contempla lo que algunos han llamado la cláusula ‘anti Piqué’, que recoge que ningún jugador en activo podrá tener relaciones comerciales con una competición en la que participe. Desde que se conociera la noticia, algunos usuarios en las redes sociales han acusado a Piqué de haber tomado esta decisión para que pueda “seguir haciendo negocios”.

La norma, que se aprobó con 166 votos a favor, 158 en contra y 18 abstenciones, no entrará en vigor hasta que no se tramite en el Senado, vuelva al Congreso si hay cambios, y se publique, finalmente, en el Boletín Oficial del Estado. El doctor en derecho Miguel Ángel Blanes explica a Maldita.es que, con carácter general, y tal y como se contempla en la Constitución y en el artículo 2.3 del Código Civil, esta norma “no tiene carácter retroactivo”, por lo que no afectaría a los antiguos negocios de Piqué. Te lo explicamos.

La cláusula ‘anti Piqué’

El texto incluye en el artículo 47 la conocida como cláusula ‘anti Piqué’, en la que se “impide” a un “deportista en activo” establecer relaciones comerciales con una competición de carácter estatal en la que sea susceptible de participar.

Esta cláusula se relaciona directamente con la exclusiva publicada por El Confidencial en abril que explicaba que Piqué había ayudado para que la Supercopa de España se disputase en Arabia Saudí a través de su empresa Kosmos. El Confidencial publicó detalles de las conversaciones, documentos y audios que recogen cómo se cerró el acuerdo.

Tanto la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), en este caso su presidente, Luis Rubiales, como el jugador defendieron en ese momento que el movimiento era legal, ya que el jugador no recibió ninguna comisión por parte de la Federación. La recibía, como explica El Confidencial, por parte de Arabia Saudí: Piqué cobraría cuatro millones por cada una de las seis ediciones pactadas, es decir, un total de 24 millones de euros.

Ahora, de salir adelante la Ley del Deporte, esta situación no podrá repetirse en el futuro y será ilegal. La ley, como explica a Maldita.es el doctor en Derecho Miguel Ángel Blanes, no tiene carácter retroactivo: “Con carácter general, la Constitución y el artículo 2.3 del Código Civil dicen que las normas son irretroactivas. La norma, en este caso, tampoco lo contempla, por lo que no es retroactivo”. Será ilegal, explica, desde el momento en el que se publique en el BOE. “La disposición adicional dice que las federaciones tendrán un año para actualizarse y adaptarse, pero eso no significa que no la tengan que aplicar, ya que será ilegal en cuanto esté en el BOE”, señala. Por lo que la norma no se aplicará sobre los acuerdos previos a su entrada en vigor, sí a los que se produzcan desde entonces.

La enmienda fue una propuesta del PP

El diputado del Partido Popular, Javier Merino, fue el impulsor de esta enmienda (1:34:00-1:34:14) y la defendió así durante una Comisión de Cultura y Deporte el pasado 25 de octubre: “Hay un ejemplo claro ¿verdad? No tengo que poner el nombre. Un presidente de una Federación no puede tener una relación comercial con un deportista que forme parte de una competición que organice esa misma Federación”. Finalmente, la enmienda se incluyó en la ley, como decíamos, a propuesta del Partido Popular y recibió el apoyo del PSOE y de Unidas Podemos (pág 71).

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