En los últimos días nos habéis estado preguntando qué es el "pin parental" y qué es lo que se puede vetar exactamente con él. El "pin parental" es una autorización para que los padres den su consentimiento o rechacen aquellas actividades complementarias que los centros educativos públicos y concertados incluyen en sus programaciones "con contenidos de valores éticos, sociales, cívicos morales o sexuales". Es decir, aquellas actividades extracurriculares impartidas en horario escolar como, por ejemplo, una clase de educación sexual impartida por alguien ajeno al centro.
En este momento, la única comunidad autónoma que aplica el pin parental es la Región de Murcia. De hecho, su aplicación era uno de los requisitos de Vox para aprobar los presupuestos autonómicos 2020 del Partido Popular y Ciudadanos. Aunque Vox ya incluyó esta medida en su programa político para las elecciones autonómicas.
El caso de Murcia: el pin parental es una exigencia de Vox para aprobar los presupuestos de la Región de Murcia
El pasado 29 de agosto, la Consejería de Educación y Cultura de Murcia envió una instrucción a todos los centros educativos en la que se expone que las familias pueden rechazar aquellas actividades extracurriculares "que vayan a ser impartidas por personas ajenas al claustro del centro educativo".
Una medida que provocó quejas entre diferentes asociaciones y sindicatos, como el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Enseñanza de la Región Murciana (STERM). El STERM, junto a la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnas y Alumnos de la Región de Murcia “Juan González”, interpusieron un recurso para suspender dicha resolución.
Desde la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia nos han especificado que el pin parental se aplica en "toda actividad complementaria impartida por personal no docente ajeno al centro escolar, sea cual sea la temática tratada en la misma". Es decir, en ningún caso, si la actividad es impartida por el propio profesor o profesora hará falta una autorización.
Por su parte, el Gobierno ya ha avisado de que remitirá un requerimiento a la Región de Murcia con el objetivo de que "restablezca la legalidad y retire el "pin parental" de los centros educativos" de la Región porque, en palabras de la propia ministra Celaá, "vulnera la competencia que tienen atribuidas los centros para tomar las decisiones curriculares".
Qué defiende Vox en su "autorización expresa"
El pin parental se puede aplicar en los "contenidos curriculares en asignaturas, actividades tutoriales, talleres y clases sobre ideología de género, así como una educación afectivo sexual", según la propia autorización de Vox porque, según esta formación, incumplirían "el artículo 27.3 de la Constitución Española" [relativo a la libertad de enseñanza].
Sin embargo, lo que se especifica en la autorización no es lo que nos señalan desde la Consejería. Ya que según esta institución, el pin parental "solo afecta a las actividades complementarias, siempre que sean impartidas por no docentes externos". Por lo que quedarían excluidos de esta medida "los contenidos curriculares en asignaturas".
En ese sentido, Iván Espinosa de los Monteros explicaba en declaraciones a los medios que "si hoy en día queremos que le den una charla a nuestros hijos de ciertos contenidos y queremos saber quién son los que dan esos contenidos extraescolares, es absolutamente natural que los padres queramos poder autorizar a nuestros hijos a que vayan".
En el caso de que el centro escolar no cuente con la información previa de la actividad para que sea analizada por los padres y a través de la cual consultar los contenidos, el pin parental exime "la asistencia a dicha actividad" del alumno.
El Gobierno recurrirá esta autorización por "la vía administrativa o judicial"
La ministra de Educación, Isabel Celaá, ya advirtió en el Consejo de Ministros del pasado viernes que recurrirá esta autorización por "la vía administrativa o judicial" porque, según el Gobierno central, el pin parental es una "medida ilegal" y considera que excede las competencias que tienen los centros educativos sobre decisiones curriculares.
Las comunidades autónomas ya establecen en sus reglamentos que las actividades complementarias de los centros educativos son obligatorias. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, se especifica que los maestros o profesores tienen horas semanales para realizar actividades complementarias [pág. 12 y 15], tanto en Educación Primaria como en Educación Secundaria Obligatoria.
De dónde viene el nombre de "pin parental"
El término de "pin parental" o "pin de control parental" hace referencia a los bloqueos que existen en plataformas o páginas web para que los menores no accedan a determinados contenidos en televisiones a la carta y móviles y puedan ser revisados, previamente, por los padres.