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MALDITA CIENCIA

¿Por qué la ley de bienestar animal prohíbe ciertos collares para perros?

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Claves
 
  • La ley de bienestar animal prohíbe cualquier herramienta de manejo usada hasta ahora que pueda causar lesiones (collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo)
  • La evidencia científica indica que es más útil la educación a través de refuerzos positivos (premios) que mediante el uso de castigos (como este tipo de collares)
  • Los elementos de manejo deben ser herramientas cómodas, adaptadas y ergonómicas para el animal
 
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Con la ley de bienestar animal, aunque es algo que ya se tenía en cuenta en determinadas normativas locales y nacionales (como en Madrid, en Cataluña o en Valencia), quedan prohibidos determinados tipos de collares caninos. ¿Cuáles son los que se recomiendan y cuáles los que quedan fuera de uso para este tipo de mascotas y por qué?

Más que de correas, que es quizá cómo solemos referirnos de forma coloquial a estos instrumentos a los que la ley hace referencia, se trata del complemento que rodea el cuello del animal. Así lo recordaba en la Twitchería de Maldita.es David Ordóñez, experto en comportamiento canino e intervenciones asistidas con animales y maldito que nos prestó sus superpoderes. Concretamente, la norma prohíbe el uso de “cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo”.

Si, en general, hablamos de elementos de manejo desde un punto de vista comportamental, deberían ser herramientas cómodas, que estén adaptadas y que sean ergonómicas para el animal. Por ejemplo, arneses que no cubren la zona del pecho, reteniendo las patas. Estos se desaconsejan dado que “los perros no tienen clavícula” (al menos, como tal), como señalaba Ordóñez. En su caso, el miembro torácico sólo sirve como sostén y locomoción. De ahí que, en los cánidos, la clavícula esté generalmente ausente y que utilizar elementos restrictivos, “pueda ser peligroso”.

Lo mismo ocurre con el uso de elementos en el entorno del cuello que puedan causar algún tipo de dolor. Por esta zona, como recuerda el experto, pasan muchos elementos importantes dentro de la fisiología del perro, desde parte del sistema linfático, la tráquea, arterias y venas principales…: “Por tanto, debemos protegerla, intentar no tenerla cubierta, tampoco con un elemento, en este caso un collar, que sea acolchado o muy ancho”.

Esto es lo que restringe la ley, además del uso de los collares que causan un dolor evidente en el animal (de estrangulamiento, de púas, eléctricos…), que se han utilizado durante mucho tiempo en lo que se conoce como el entrenamiento o adiestramiento 1.0 para que el perro dejase de tirar de la correa.

“Yo hablo siempre de una educación 3.0 es decir, una educación que tenga esto más que superado. En la que no sea necesario poner en riesgo la salud del perro con este tipo de elementos”, propone Ordóñez. “La ley recoge perfectamente este espíritu: prohibir algo que ya lo estaba en ciertas normativas locales y autonómicas (Cataluña, Valencia o Madrid), y que ahora se hace efectiva a nivel nacional. Deberíamos entender que no es necesario causar un daño físico a un animal para que aprenda a caminar de manera adecuada, sino que existen técnicas más o menos novedosas que no necesitan de la aplicación de estos collares”.

En conclusión y en opinión del experto, lo “bueno” que tiene esta norma y el verdadero logro es que “pone en el centro del debate el concepto de bienestar animal, del cuidado de sus necesidades, de qué es lo que necesita un perro, un gato o cualquier otro animal para estar bien”.

Este artículo forma parte del 223º consultorio de Maldita Ciencia.

En este artículo ha colaborado con sus superpoderes el maldito David Ordóñez, experto en comportamiento canino e intervenciones asistidas con animales.

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