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MALDITA CIENCIA

La afirmación falsa de esta imagen que asegura que están prohibidas las autopsias a pacientes fallecidos con COVID-19

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Fuentes oficiales (comunicados, bases de datos, BOE)

Que las autopsias a las personas fallecidas con COVID-19 están prohibidas es una mentira que nos hemos encontrado en distintos momentos de la pandemia, en muchos casos acusando a la OMS de ser quien las ha prohibido y en otros casos señalando que la orden se había publicado en el BOE. Ambas cosas son falsas. Ahora circula una imagen en la que se puede leer "¿Por qué se nos prohíbe hacer autopsias a una enfermedad que se desconoce, pero de la cual ya se están aplicando vacunas?", en referencia a la COVID-19.

En realidad las autopsias a fallecidos con esta enfermedad no están prohibidas y tanto la OMS como el Ministerio de Sanidad han publicado guías para el manejo de cadáveres de personas fallecidas con COVID-19 que incluyen procedimientos para llevar a cabo autopsias con seguridad.

Desde Maldita.es nos hemos puesto en contacto con Joaquín Lucena, jefe del Servicio de Patología Forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla, que nos confirmaba que este 2 de marzo se realizaron cinco autopsias allí, en Sevilla. También nos hemos puesto en contacto con el Instituto de Medicina Legal de Valencia y nos asegura que a fecha de 3 de marzo “las autopsias se están realizando normalmente, igual que siempre”.

El BOE no ha publicado la prohibición de hacer autopsias a los fallecidos con COVID-19

Durante los primeros meses de la pandemia, en muchos países, entre ellos España, la realización de autopsias en casos de SARS-CoV-2 positivo estuvo limitada y regulada. Pero en septiembre de 2020 comenzó a circular una captura del Boletín Oficial del Estado junto con un texto que aseguraba que no habría autopsias hasta el 20 de junio de 2021. Aunque la captura es real, eso no es lo que dice la normativa. Lo explicamos aquí, donde además varios especialistas y sociedades médicas nos explicaron que las autopsias no se han prohibido en ningún momento y los Institutos de Medicina Legal las siguen realizando.

En cuanto a la captura, el BOE del 19 de septiembre de 2020 publicaba la aprobación de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, que es en el que actúa la medicina forense. En el preámbulo se especificaba que "durante el tiempo que transcurra hasta rebasar esta nueva normalidad y contar con medidas efectivas contra la COVID-19, es imprescindible seguir adoptando medidas organizativas y tecnológicas necesarias para evitar situaciones de contagio".

Dentro de esas medidas organizativas, lo que establece el BOE es "hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, los informes médico-forenses podrán realizarse basándose únicamente en la documentación médica existente a su disposición".

Sin embargo, un informe médico-forense no es lo mismo que una autopsia. El jefe del Servicio de Patología Forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla, el doctor Joaquín Lucena Romero, explica a Maldita.es que son dos cosas "absolutamente diferentes".

Según asegura Lucena, "un informe médico-forense es un documento médico legal en el que se emite una información para el juez sobre una cuestión médica o biológica relativa a un procedimiento judicial". En cambio, una "autopsia médico forense es una investigación médico legal sobre una muerte violenta o sospechosa de criminalidad". Lucena nos ha asegurado a fecha de 2 de marzo de 2021 que las autopsias no están prohibidas y que precisamente ese día se realizaron 5 en Sevilla.

El Ministerio de Sanidad publicó una 'Guía de manejo de cadáveres de casos de COVID-19' en marzo de 2020

Debido a la pandemia de coronavirus, el Ministerio de Sanidad elaboró un documento en el que se detalla el procedimiento para el manejo de cadáveres de casos de COVID-19 y en el que se describen las recomendaciones para la realización de autopsias clínicas. En el documento se especifica que "si la autopsia se considera realmente necesaria y se puede garantizar que ésta se realiza en un ambiente seguro se podrá llevar a cabo". La última actualización de este procedimiento es del 26 de mayo de 2020 y el documento sigue vigente en su página web.

Tampoco la OMS ha prohibido las autopsias

Durante todo 2020 circularon distintas desinformaciones que señalaban a la Organización Mundial de Salud de haber prohibido las autopsias. Sin embargo, entre las competencias de la OMS no se encuentra la elaboración de leyes, y mucho menos de carácter "mundial", y por tanto la Organización no ha prohibido la realización autopsias en casos positivos de infección por el SARS-CoV-2.

De hecho, a través de este documento del 24 de marzo de 2020 sobre la prevención y control de infecciones para la gestión segura de cadáveres en el contexto de la COVID-19, la OMS ya proporcionaba las medidas técnicas y ambientales de control necesarias para estos análisis post mortem. Es decir, no solo no las prohíbe, sino que facilita los detalles para poder llevarlas a cabo.

Por lo tanto, no es cierto que las autopsias a pacientes fallecidos con COVID-19 están prohibidas, se han realizado durante los meses de pandemia y tanto la OMS como el Ministerio de Sanidad han publicado guías para realizar estos exámenes con seguridad.

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