Como ya hemos explicado en Maldita.es, desde el pasado 21 de mayo el uso de mascarilla es obligatorio para todas las personas mayores de 6 años, tanto en espacios al aire libre como en espacios cerrados públicos, siempre y cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, dos metros. Es cierto que su uso en transportes públicos ya era obligatorio desde el 4 de mayo, así como en coches particulares siempre que se viaje con personas que no conviven en el mismo domicilio. Esta semana, nos habéis preguntado por las motos y si es necesario utilizar mascarilla al conducirlas, teniendo en cuenta el casco.
Sobre su obligatoriedad, la orden ministerial SND/422/2020 del 19 de mayo, publicada en el Boletín Oficial del Estado a raíz de la crisis sanitaria indica que "en los transportes en motocicletas, ciclomotores y vehículos de categoría L, en general, cuando viajen dos ocupantes, deberán llevar mascarilla o casco integral cuando no convivan en el mismo domicilio".
Es decir, si dos personas que no viven juntas viajan en la misma moto y utilizan casco convencional, que solo protege la cabeza, sí es obligatorio usar mascarilla. En cambio, si el casco es integral y recubre la cabeza, la cara y la mandíbula, se puede prescindir de esta, evitando situaciones de incomodidad o el contacto de la parte externa de la misma (la que podría estar contaminada) con el interior del casco que, en circunstancias habituales, entraría en contacto con la cara.
*Hemos actualizado el titular para indicar que la mascarilla es obligatoria en el caso de que viajen dos personas no convivientes en la misma moto y no utilizan casco integral (que cubre mandíbula, nariz y boca).