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Qué sabemos sobre si dos personas que viven juntas y trabajan juntas pueden compartir coche durante el estado de alarma causado por el coronavirus

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Nos habéis preguntado sobre si dos personas (como una pareja) que vivan juntas y trabaje en el mismo sitio con el mismo horario pueden compartir coche para ir a su puesto de trabajo durante el estado de alarma causado por el coronavirus. Te explicamos lo que sabemos.

El Real Decreto que regula el estado de alarma especifica en su artículo 7 que los desplazamientos deben ser individualmente excepto por causas justificadas. Antonio Nevado, inspector de la Policía Nacional dijo en una entrevista en Cadena Ser [min. 2:07] que “si son dos personas y no tienen otra manera de ir a trabajar, además personas que ya comparten su domicilio” hay que actuar con proporcionalidad, y que cree que “es cuestión de aplicar los criterios con cabeza”.

Maldita.es se ha puesto en contacto con el Ministerio del Interior, que nos ha dicho que “en estos casos los policías actuarán con proporcionalidad y con sentido común atendiendo a la situación de cada persona”.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha establecido el 24 de marzo que en caso de tener que compartir coche, la persona que no conduzca debe ir en el asiento de detrás*

El 24 de marzo se ha publicado en el BOE una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que dice que "el transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes."

Por lo tanto, en los casos en los que dos personas tengan que compartir coche, una debe ir delante y otra detrás, manteniendo la máxima distancia posible.

*Hemos actualizado este artículo a día 25 de marzo para añadir la orden ministerial del 24 de marzo que dice que, en caso de tener que compartir coche, una persona debe ir delante y otra detrás.

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