“Y los que tenemos enfermos paliativos en casa que hacemos con los cortes de tres horas de la luz del gobierno????”, “Con ésto ya pueden cortar la luz tres horas al día cuando les pase por los cojones (...) a ti es igual si se cargan la lavadora,la nevera ,tú comida ,tus medicinas ,seguir aplaudiendo a su paso y seguir viendo el fútbol desde el sofá” (sic). Son algunos de los mensajes que acompañan a un fragmento de la rueda de prensa del 20 de septiembre de 2022 donde la vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, anuncia la introducción de medidas para reducir el consumo de electricidad.
Pero es un bulo que afecte a las casas: el mecanismo de “respuesta activa de la demanda” aprobado por el Gobierno en el Real Decreto Ley 17/2022 es un sistema voluntario, pues se basa en una subasta de electricidad y sólo pueden participar instalaciones con más de 1 megavatio de potencia (1MW), que es mucho mayor a la potencia que suelen tener contratada los hogares, según se lee en el real decreto aprobado y han explicado a Maldita.es el Ministerio para la Transición Ecológica y el operador del sistema eléctrico, Red Eléctrica.
El mecanismo de “respuesta activa de la demanda” es voluntario
En el sistema eléctrico, la producción de electricidad tiene que ajustarse siempre a la demanda. Para que oferta y demanda vayan unidas, el operador del sistema eléctrico en España (Red Eléctrica) estima todos los días cuál será la demanda de electricidad al día siguiente para calcular la generación necesaria. Pero la previsión no siempre coincide (lo puedes ver aquí), y por ello cada 15 minutos se va comprobando si la demanda real coincide con la oferta o si debe producirse un ajuste, explican a Maldita.es desde el Ministerio para la Transición Ecológica.
Y utilizan este ejemplo ficticio: si, para una hora determinada, hay una demanda de 100MW y la generación programada es de 96MW, faltan 4MW. En ese momento, Red Eléctrica puede, o bien pedir a una central que tenga flexibilidad (como las hidroeléctricas o las de gas) que aumente su generación de electricidad, o bien hacer que se reduzca la demanda.
Por tanto, el mecanismo consiste en subastar lotes de potencia eléctrica interrumpible, según explica el ministerio y viene indicado en el real decreto [Anexo II, 4]. Es decir, las instalaciones con una determinada potencia eléctrica (mucho mayor a la de los hogares, como explicamos después) podrán ofertar potencia con la previsión de que será interrumpida si es necesario. La subasta está dirigida a “industrias y comercializadoras”, según indicó el ministerio en Twitter. Un ejemplo podría ser una instalación conservera que cuenta con cámaras de refrigeración que consumen mucha electricidad, añade el ministerio a Maldita.es. Es por tanto un mecanismo voluntario.
“Se comprometen a reducir su consumo en la potencia que libremente hayan ofertado en la subasta si así se lo solicita el operador del sistema. Esta reducción de consumo puede durar un máximo de tres horas”, explican desde Red Eléctrica, el operador del sistema eléctrico y encargado de aplicar el mecanismo, a Maldita.es. Las instalaciones que ganen la subasta serán remuneradas en primer lugar, y recibirán una segunda compensación si finalmente es necesario activar la reducción de demanda, añade el ministerio.
Según la disposición adicional primera del real decreto que aprobó el mecanismo, este podrá comenzar a aplicarse a partir del 1 de noviembre, no desde el momento en que fue aprobada la normativa como afirman los contenidos virales.
El mecanismo sólo incluye a instalaciones con potencia igual o mayor que 1 MW, pero los hogares no llegan a 0,01 MW, según las eléctricas
Según el Real Decreto Ley 17/2022, las instalaciones que participen en el mecanismo “deberán acreditar individualmente una capacidad de oferta mayor o igual a 1 MW [un megavatio] en los periodos de prestación del servicio” [Anexo II, 5, a].
Sin embargo, los hogares tienen una potencia mucho menor. En este artículo de la empresa Total Energies puede comprobarse que aquellas viviendas de más de 140 m2 y equipadas con “la mayoría de sistemas eléctricos que una casa puede tener, sumándole extras como calefacción eléctrica o piscina”, tienen una potencia eléctrica de ocho kilovatios (8 kW).
Ocho kilovatios son 0,008 megavatios. Por tanto, aunque quisieran, no podrían participar en el mecanismo de “respuesta activa de la demanda” planteado por el Ejecutivo para reducir la demanda eléctrica en ocasiones puntuales si es necesario, según la norma aprobada. En este otro artículo de la empresa Holaluz indican que, aunque es complicado hablar de potencias estándar, la potencia contratada en un hogar suele situarse en torno a los 4,6 kW (0,0046 MW).
Por todo ello es un bulo que el Gobierno haya aprobado un decreto para poder cortar la luz de las viviendas durante tres horas seguidas: el mecanismo de “respuesta activa de la demanda” aprobado en el Real Decreto Ley 17/2022 es un sistema voluntario y sólo afecta a las instalaciones industriales o a comercializadoras que pueden ofertar más de 1 MW de potencia, una cifra mucho mayor a la que tiene la potencia contratada en los hogares.
Primera fecha de publicación de este artículo: 27/09/2022