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El vídeo sobre la asistencia sanitaria gratuita a una persona marroquí que cruce la frontera para operarse: debe demostrar residencia efectiva en España

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Las personas extranjeras en situación administrativa irregular tienen derecho a la sanidad en los mismos términos que las personas españolas siempre y cuando puedan demostrar residencia efectiva en España mediante el padrón o facturas de suministros, entre otros documentos. Así, una persona marroquí recién llegada a España, como la mencionada en el vídeo difundido, no podrá operarse con cargo al sistema público español hasta acreditar residir en el territorio, aunque se le atenderá igualmente en caso de urgencia. Esta asistencia conllevará un coste para el paciente, como ocurre también con las personas que están en España como turistas. 

La Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones cuenta a Maldita.es que, en esos casos, si la persona tiene derecho exportable a la asistencia sanitaria, como los pacientes con Tarjeta Sanitaria Europea, será el país de origen el que asuma el coste. En caso contrario, el paciente deberá abonar la atención personalmente. El coste no correrá a cargo del sistema público español. 
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9/23/26
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«Un paciente de Marruecos puede cruzar la frontera, operarse en un hospital público en España y quedarse en el país»

https://youtube.com/shorts/FqpjespwMR0?is=cobbQhdvE1Nc1R2T
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Respecto a la posibilidad de que una persona extranjera operada en España pueda interponer una reclamación patrimonial si considera que ha habido algún error médico, la ley le reconoce el mismo derecho a la protección de la salud que a una persona española. Así, con base a la Ley 40/2025, podría ser indemnizada por “toda lesión que sufra en cualquiera de sus bienes y derechos [...]”. Sin embargo, para que esta reclamación tenga efecto, el Tribunal Supremo establece en su jurisprudencia que debe probarse que el daño causado era evitable. Así, no serán indemnizables “los daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de producción”. De este modo, no cualquier daño derivado de una operación es susceptible de ser reclamado e indemnizado. 

Desde Maldita.es hemos consultado con el Ministerio de Sanidad y un experto en Extranjería sobre la posibilidad de las personas migrantes en situación irregular de interponer una reclamación patrimonial, pero a fecha de publicación de este artículo, no hemos obtenido respuesta.