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Sí, el Gobierno ha limitado a 8,23 euros mensuales el copago farmacéutico de los inmigrantes en situación irregular, los trabajadores con rentas inferiores a 9.000 euros y los pensionistas con rentas inferiores a 18.000 euros

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El 14 de mayo de 2026 entró en vigor el Real Decreto-ley 11/2026, que modifica la cantidad que cada usuario, en función de sus ingresos, debe aportar sobre el precio de los medicamentos. En el caso de las personas migrantes en situación irregular en España, se mantiene el copago del 40% del precio, fijado en 2018, pero hasta un máximo de 8,23 euros mensuales. Esta cantidad es la misma que se ha fijado para trabajadores que tengan rentas inferiores a 9.000 euros anuales, independientemente de si son españoles o inmigrantes en situación regular, ya que se rigen por los mismos criterios. En el caso de los pensionistas, aquellos con rentas inferiores a 18.000 euros también tendrán un tope de 8,23 euros mensuales en el copago de medicamentos. 
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5/18/26
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«El Gobierno ha limitado el copago farmacéutico a 8,23 euros al mes para los inmigrantes irregulares»

El Gobierno ha introducido por primera vez un tope mensual al copago farmacéutico de los extranjeros sin residencia legal en España. El cambio aparece en el Real Decreto-ley 11/2026, analizado por THE OBJECTIVE y publicado ayer —miércoles— en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La reforma supone una modificación del sistema vigente desde 2018. Así, las «personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes» seguirán pagando el 40% del precio de los medicamentos, pero no abonarán más de 8,23 euros al mes aunque el coste real de sus tratamientos sea muy superior. Hasta ahora, este colectivo estaba sometido al sistema fijado por el Real Decreto-ley 7/2018, la norma que recuperó el acceso universal a la sanidad pública para inmigrantes en situación administrativa irregular tras la moción de censura contra Mariano Rajoy. Aquella regulación estableció para ellos un copago farmacéutico del 40% del precio de venta de los medicamentos, pero sin ningún límite máximo mensual acumulado. https://theobjective.com/economia/2026-05-14/sanidad-copago-farmaceutico-inmigrantes-irregulares-euros/ https://www.facebook.com/100079561873680/posts/el-ministerio-de-sanidad-de-espa%C3%B1a-ha-establecido-un-l%C3%ADmite-m%C3%A1ximo-de-823-euros-/958502090145178/

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También se han introducido topes mensuales para trabajadores con rentas de entre 9.000 y 18.000 euros anuales, que aportarán un máximo de 18,52 euros al mes por sus medicamentos, o personas con rentas de entre 18.000 y 35.000 euros, que abonarán un máximo de 61,75 euros mensuales. Los trabajadores con rentas anuales de más de 35.000 euros no tendrán ningún límite mensual fijado, sino que deberán aportar en cada compra el porcentaje correspondiente sobre el precio de los medicamentos. 

Según el texto publicado en el BOE, esta modificación de los porcentajes y el establecimiento de topes máximos mensuales tiene el objetivo de “garantizar la continuidad de los tratamientos de carácter crónico y asegurar un alto nivel de equidad a los pacientes pensionistas o activos de rentas más bajas”.