Está volviendo a circular una cadena de WhastApp que empieza hablando del rey Mohamed VI como "el hombre más rico de Marruecos y el quinto de todo el continente africano...". Después, pasa por la deuda de Cataluña y cierra con el salario mínimo en Marruecos. A medio camino asegura que "se ofrece una paga de 664€ mensuales a todo extranjero menor de 23 años que llegue a nuestro país y no tenga trabajo". Como ya os hemos contado, esto es falso. A ningún extranjero menor de 23 años que llegue a nuestro país y no tenga trabajo se le ofrece 664 euros por el hecho de tener menos de 23 años y no tener trabajo. Se trata de un bulo.
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Pero aún así, se ofrece una paga de 664€ mensuales a todo extranjero menor de 23 años que llegue a nuestro país y no tenga trabajo.
En realidad, los 664 euros corresponden a una ayuda otorgada por la Generalitat de Cataluña (y no de manera general en toda España) y sólo para jóvenes que hayan sido tutelados por la administración catalana antes de cumplir los 18 años, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Estas ayuda son para jóvenes tanto extranjeros como españoles.
Las ayudas ya existen en Cataluña y no son para "menas" sino para jóvenes extutelados españoles y extranjeros
Estas ayudas, que existen en Cataluña desde 2006, no están dirigidas exclusivamente para ex Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS) sino, en general, para "jóvenes extutelados" por la administración que ya han cumplido la mayoría de edad. Es decir, estas ayudas económicas no son ayudas exclusivas para ex menores extranjeros no acompañados tutelados por la administración.
De la gestión de estas ayudas se encarga el Área de Apoyo a Jóvenes Tutelados y Ex Tutelados (ASJTET) correspondiente a la unidad de la Dirección General de Atención a la Infancia y a la Adolescencia (DGAIA). Todo ello dependiente del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia de la Generalitat de Cataluña.
Entre las medidas dirigidas para los jóvenes tutelados y extutelados hay programas orientados a la vivienda, a la inserción sociolaboral, de acompañamiento jurídico, psicológico y también de medidas económicas. Es aquí donde se encuentran estas ayudas.
El Parlamento catalán aprobó modificar las condiciones mínimas tanto para acceder a las ayudas económicas como para prorrogarlas hasta los 23 años
Lo que aprobó el Parlamento de Cataluña por unanimidad (con 132 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención) en junio de 2019 es una proposición de ley que modifica la ley de prestaciones sociales de carácter económico 13/2006, cambiando las condiciones mínimas para acceder a estas ayudas económicas y para poder prorrogarlas desde los 21 hasta los 23 años. Se trata de una propuesta impulsada por Catalunya en Comú Podem, la cual estaba condicionada a la aprobación de los presupuestos, que tuvo lugar en abril de 2020.*
Con ese cambio, las ayudas pueden pasar a ser otorgadas desde los 18 hasta los 23 años (hasta entonces era hasta los 21) siempre y cuando el extutelado acredite los requisitos solicitados. Según indican desde el Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat de Cataluña, "los jóvenes que han sido tutelados menos de un año tienen derecho a recibir la prestación durante 12 meses, mientras que los que han sido tutelados más de 1 año pueden recibirla hasta los 21 años, prorrogable a los 23 según la situación del joven".* Esto aparece también recogido en la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico en su artículo 19. *
Como decimos, estas modificaciones benefician tanto a jóvenes extutelados españoles como extranjeros.
¿Cuáles eran las condiciones antes del cambio aprobado en el Parlamento para acceder a una ayuda económica para los extutelados?
Antes de este cambio en las condiciones aprobado en el Parlamento de Cataluña, para poder recibir una prestación económica hasta los 21 años, el joven debía haber sido tutelado por la administración durante un mínimo de tres años antes de cumplir los 18. Si no cumplía con el requisito mínimo de los tres años, pero había estado un año o menos la persona anteriormente tutelada recibía una prestación durante seis meses como máximo.
Fuera el tiempo que fuera, al joven se le exigía estar apuntado a un programa de inserción (cuyo seguimiento hará el órgano competente de la Generalitat), vivir fuera de un núcleo familiar y no disponer de ingresos iguales o superiores a los fijados por el Indicador de Renta de Suficiencia (IRDS), 664 euros. Antes del cambio de las condiciones, si el extutelado solicita una prórroga, la ayuda se puede ampliar hasta los 23 años de edad sólo si el joven acredita que está estudiando. Así figura en el artículo 19 de la ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico.
¿Qué cambia en las ayudas con esta modificación de la ley de prestaciones sociales?
Con esta modificación de la ley de prestaciones sociales, no es necesario que el joven esté tutelado durante tres años para acceder a las ayudas hasta los 21 sino que será suficiente que haya sido tutelado durante un año por la administración.
Además, podrá prorrogar las ayudas desde los 21 hasta los 23 años acreditando que cursa estudios postobligatorios (como ocurría hasta ahora), si demuestra que «está en un proceso de inserción laboral pero que no llegan sus ingresos al mínimo de subsistencia» o por motivos de «máxima vulnerabilidad a partir de informes sociales», según nos indican desde el Departamento de Trabajo de la Generalitat.
En el caso de que el joven haya estado tutelado menos de un año, las ayudas pasarán de los seis a los doce meses.
¿Y los 664 euros mensuales?
La cuantía otorgada se rige y se regirá en función del Indicador de Renta de suficiencia (IRSC): 569,12 euros mensuales (en 14 pagas) y 7.967,73 euros anuales. Los 664 euros, tal y como aseguraron a Maldita.es en 2019 desde el departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia, encargado de esta temática, salen de dividir los 7.967 euros anuales en 12 pagas.
¿Y cómo afecta esta modificación en la ley a los Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS)?
Con esta modificación, los jóvenes tanto extranjeros como españoles que no cumplían el mínimo tiempo exigido de tres años tutelados para obtener ayudas hasta los 21, ya podrían optar a ellas.
"Esta medida es especialmente beneficiosa para los jóvenes migrados solos, ya que muchos de ellos llegan a Cataluña (y por tanto entran dentro del sistema de protección) a partir de los 16-17 años, y podrán acceder con esta modificación a la prestación cosa que ahora no era posible", señalan desde el departamento de Trabajo de la Generalitat.
Todas las comunidades autónomas niegan que se dé una prestación a los menores extranjeros no acompañados
Además, todas las comunidades autónomas han señalado a Maldita.es que no se da una prestación específica a los menores extranjeros no acompañados.
En el 2017 la mayoría de beneficiados fue extranjero, antes de ese año la mayoría era español*
Según consta en la última memoria publicada del ASJTET y que refleja los datos de 2017, un 65% de los beneficiarios eran extutelados extranjeros y un 35% españoles. Esta mayoría de extranjeros rompe la tendencia de los cinco años anteriores de los que hay datos disponibles en los que los españoles eran la mayoría de los beneficiarios, como por ejemplo en el 2016 en los que el 27% correspondía a extranjeros y el 73% restante a españoles. (Página 31).
Para 2015 y 2014: el 34% de los menores eran inmigrantes y el 66% españoles. Y en 2013 los beneficiarios fueron un 17% extranjeros y un 83% españoles. En 2012 y 2011 el número de beneficiarios extranjeros también superó al de españoles alcanzando el 51%.
La mayoría de los atendidos por la administración hasta abril de 2020 han sido españoles*
Según el informe de estadística mensual de abril de 2020, el número total de menores atendidos hasta ese mes fue de 9.725, de los cuales 3.601 eran extranjeros (un 37%) . Por otro lado, la cifra de jóvenes que accedieron a las ayudas tras cumplir los 18 años fue de 2.538. Este último dato no está desglosado por nacionalidad.
Por lo tanto, no es cierto que cualquier menor extranjero de 23 años que llegue a España reciba estas ayudas. El joven, ya sea español o extranjero, debe de haber estado tutelado mientras era menor de edad y esta cuantía se entrega desde la Generalitat de Cataluña.
Primera fecha de publicación de este artículo: 27/06/2019.
* Este artículo ha sido actualizado el 19 de junio de 2020 para incluir información sobre la aprobación de los presupuestos y la respuesta de la Generalitat sobre el cambio de criterios. También ha sido actualizado con los últimos datos disponibles.
*Este artículo ha sido actualizado el 4 de noviembre de 2022 para añadir la referencia a las modificaciones de las prestaciones.
Primera fecha de publicación de este artículo: 24/07/2020