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¿Qué sabemos sobre la prestación de orfandad mínima de 600€ para hijos de víctimas de violencia de género?

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Legislación

Nos estáis preguntando mucho por la comparación de la pensión que percibe un hijo cuya madre ha sido asesinada por violencia de género y la de un hijo cuyo padre ha sido asesinado por su madre.

Se está asegurando que la pensión es de 140€ al mes cuando la madre asesina al padre, y que la cifra asciende a 600€ cuando ocurre lo contrario, cifras que también fueron difundidas por varios medios de comunicación; pero la realidad es que no existe una cantidad fija en estas pensiones y que la misma varía en función de varios condicionantes, como el número de hijos que se quedan huérfanos, si el progenitor asesinado había cotizado lo suficiente, o incluso si el huérfano recibe algún otro tipo de ingreso.

Lo explicamos:

Desde la entrada en vigor de la Ley 3/2019 el pasado 3 de marzo, los hijos de mujeres asesinadas por violencia de género que no hayan cotizado tienen derecho a una prestación no contributiva de, como mínimo, 600€. El resto de huérfanos, ya sea de madre o padre, no tienen acceso a la misma pese a que la normativa insta al Gobierno a realizar un estudio "con la finalidad de analizar y abordar de manera adecuada otros supuestos de orfandad absoluta que pudieran no encontrarse suficientemente protegidos" en el plazo de tres meses.

La nueva prestación de 600€: sólo para huérfanos de madres asesinadas por violencia de género que no hayan cotizado

El pasado 3 de marzo entró en vigor la nueva Ley 3/2019 de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer, que establece que los huérfanos por violencia de género cuya madre no hubiera cotizado perciban, como mínimo, una prestación de 600€ al mes. Es decir, se trataría de una prestación no contributiva.

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social nos dice que antes de que se aprobara esta prestación los huérfanos de víctimas de violencia de género que no habían cotizado lo suficiente –500 días seguidos en los 5 años anteriores a la muerte o 15 años en totalno tenían derecho a ninguna pensión de orfandad de la Seguridad Social, como tampoco tienen en la actualidad el resto de huérfanos cuyos padres no hayan cotizado.

El resto de huérfanos no tiene acceso a la nueva prestación de 600€

Además, desde Seguridad Social nos confirman que los hijos de padres que han sido asesinados por sus parejas y que no han cotizado lo suficiente siguen sin tener derecho a una pensión ya que su caso no se recoge en el texto aprobado por todos los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados.

También el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad nos confirma que "los hijos de padres asesinados por sus mujeres cuando estos no han cotizado no tienen derecho a prestación de orfandad no contributiva".

En la disposición adicional segunda de dicho texto, se insta al Gobierno a realizar un estudio "con la finalidad de analizar y abordar de manera adecuada otros supuestos de orfandad absoluta que pudieran no encontrarse suficientemente protegidos", en el plazo de tres meses.

Además, se especifica que "dicho estudio incluirá propuestas de idéntica cuantificación económica a la resultante de la presente Ley".

¿Qué pasa con las pensiones de orfandad contributivas?

Hay dos tipos de pensiones de orfandad en el caso de que los progenitores sí que hayan cotizado: las de orfandad simple y las de orfandad absoluta.

Las pensiones de orfandad simple son para aquellas personas que hayan perdido a uno de los dos padres, y en términos generales corresponde al 20% de la base reguladora del progenitor fallecido. La pensión mínima en este supuesto está fijada en 207€ por beneficiario.

También está la pensión de orfandad absoluta, que se aplica a los hijos que han perdido a ambos padres. En este caso, a la pensión de orfandad simple se le suma la pensión de viudedad que cobraba el otro progenitor. Esta equivale al 52% de la base reguladora del progenitor fallecido en primer lugar. La suma de ambas pensiones equivale, como decimos, al 72% de la base reguladora del primer progenitor fallecido.

Aunque uno de los padres siga vivo, cuando un progenitor mata a otro y es condenado por ello con sentencia firme, pierde el derecho a la pensión de viudedad, que pasa a ser para los hijos de la pareja. Es decir, pasan a una situación equiparable a la orfandad absoluta. Esta excepción está prevista en el artículo 233.1 de la Ley General de la Seguridad Social.

Como se puede comprobar en esta tabla de la Seguridad Social, la pensión mínima contributiva para un huérfano absoluto es de 720,10€, por lo que no es cierto que el hijo de un padre asesinado por su mujer cobre sólo 140€ siempre y cuando este haya cotizado lo suficiente y haya una sentencia firme.

La nueva normativa modifica esos porcentajes en el caso de los hijos de madres asesinadas por violencia de género. Según la Ley 3/2019, en el caso de la pensión de viudedad pasan a percibir el 70% de la base reguladora en lugar del 52% anterior por lo que, sumado al 20% de la pensión de orfandad, los hijos víctimas de violencia de género perciben el 90% de la base reguladora.

Desde el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social nos confirman que ese incremento no se produce cuando "la madre mata al padre" y en los otros casos "cuando el asesinato no es de género".

¿De dónde sale la cifra de 140€?

Desde el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social nos explican que no saben de dónde sale la cifra de 140€ ya que el mínimo para cualquier pensión contributiva de orfandad es de 207€ mensuales. Además, cuando la madre mata al padre y hay una sentencia firme el huérfano pasa a una situación equiparable a la orfandad absoluta, por lo que si el padre hubiera cotizado lo suficiente la pensión mínima sería de 720,10€.

De no haber cotizado el tiempo mínimo, el hijo no tiene derecho a percibir una pensión de orfandad, como nos confirman desde el ministerio. Ni siquiera esos 140€.

Tras la aprobación de la ley en el Congreso de los Diputados, el gabinete de prensa de la Cámara Baja publicó una nota de prensa en la que también aseguraban que los huérfanos por violencia de género cuyas madres no hubieran cotizado ya percibían una prestación de 140€ con anterioridad. Nos hemos puesto en contacto con ellos y nos han contado que no saben de dónde sale esa cifra y que sólo podían redirigirnos al texto aprobado.

El Ministerio del Interior también se hizo eco de esos 140€ a través de su cuenta de Twitter, pero han asegurado a Maldita.es que sólo replicaban lo asegurado en la nota de prensa del Congreso de los Diputados.

https://twitter.com/interiorgob/status/1098643845426892800

No había una pensión de orfandad de 140€: era una "horquilla" y una cifra "aproximativa"

Alguno medios de comunicación publicaron que existían pensiones de orfandad de alrededor 140€. Hemos hablado con los autores de dos de esas informaciones y ambos nos dicen que esa cifra fue proporcionada por la Fundación Mujeres.

La senadora del PSOE Laura Berja también mencionó durante una intervención en el pleno del Senado el pasado 6 de febrero que la cuantía de la pensión de "todos los huérfanos de la violencia de género, independientemente de las cotizaciones a la seguridad que hayan tenido sus madres" iba a "pasar de nada, de cero, de cien o 140€ a casi 700".

Nos hemos puesto en contacto con la senadora y nos afirma que la cifra la obtuvo también de la Fundación Mujeres. De hecho, el promotor del Fondo de Becas Soledad Cazorla –asociado a la Fundación Mujeres–, Joaquín Tagar, también habló de esos 140€ en declaraciones a La Sexta.

La directora de la Fundación Mujeres, Marisa Sotelo, nos asegura que es posible que se haya dado esa cantidad en algunas declaraciones, pero que "en ninguno de los papeles oficiales hemos utilizado esa cifra". Además, nos confirma que antes de la aprobación de la nueva ley no había una pensión de la Seguridad Social para los hijos de víctimas de violencia de género cuyas madres no hubieran cotizado, y que si hay alguna ayuda de esa cantidad podría ser autonómica o municipal.

La diputada socialista y miembro del comité de selección del Fondo de Becas Soledad Cazorla, Ángeles Álvarez, nos aclara que "ante la insistencia de los medios sobre una cifra aproximada, calculamos con el 20% de la base reguladora" y que, por lo tanto, "teníamos entonces una horquilla que cobraría unos 140€". Álvarez, quien también es portavoz de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados, nos aclara que la cifra de 140€ "era aproximativa ya que depende de cada caso de la cotización", no una prestación de orfandad fija.

En resumen, la nueva prestación de orfandad mínima de 600€ es, por el momento, exclusiva para huérfanos de víctimas de violencia de género que no hayan cotizado lo suficiente, y no existe ninguna pensión de orfandad de la Seguridad Social de 140€.

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