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1.999 cerdos: las granjas porcinas de Aragón que evitan por la mínima la declaración de impacto ambiental

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Aragón es la comunidad autónoma con más macrogranjas de cerdos de España. Concentra el 31,5% de las granjas porcinas inscritas en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes, que recoge las granjas intensivas obligadas a declarar sus emisiones debido a su gran tamaño, según los datos de 2021.

Pero las granjas industriales deben pasar antes por otro filtro: la declaración de impacto ambiental. La ley que la regula, aprobada en 2013, obliga a todas las granjas “que superen” las 2.000 plazas para cerdos de engorde o 750 plazas para cerdas de cría a pasar por un procedimiento donde se analiza el impacto que tendrá esa instalación en el medio ambiente, como su consumo de agua o sus emisiones a la atmósfera, entre otros.

En Aragón, 1.340 granjas superan estos umbrales, según el registro ganadero aragonés a fecha de 12 de abril de 2022. Sin embargo, otras 774 explotaciones se quedan en las 1.999 o 2.000 plazas para cerdos de cebo o en las 750 plazas para cerdas reproductoras, apurando así los límites legales que les permiten no someterse a una declaración de impacto ambiental.

Esto supone que el 18,02% de las 4.295 granjas porcinas aragonesas pueden producir lo máximo posible sin tener que pasar por el control ambiental que les sería exigible ​​si tuvieran plazas para uno o dos cerdos más. Al quedarse al límite de las plazas que marca la ley, estas explotaciones cumplen con ella, pero atraviesan un procedimiento administrativo más rápido y más sencillo, como queda reflejado en la ley de evaluación ambiental y su homóloga aragonesa. El peso de estas granjas es tan relevante que en uno de cada tres municipios aragoneses hay una explotación con 1.999 o 2.000 cerdos de cebo o 750 cerdas reproductoras.

Un trámite más corto, más sencillo y de peor acceso público

Según la ley de evaluación ambiental, la persona o empresa que decide instalar una granja con capacidad para más de 2.000 cerdos de cebo o más de 750 madres tiene que realizar un estudio que analice los efectos de su explotación en el medioambiente y presentarlo ante su comunidad autónoma [art. 7 y título II, II, 1ª].

Fuente: Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental

El proyecto se abre entonces al público para que puedan introducirse alegaciones en un plazo mínimo de 30 días hábiles (algo más de un mes) y el expediente permanece publicado incluso después de agotado el plazo en la página web del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), encargado de tramitar los expedientes. Finalmente, la Administración regional aprueba una declaración de impacto ambiental favorable o desfavorable que se publica en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) [título II, II, 1ª].

Por su parte , las granjas con menos capacidad que los umbrales establecidos en la ley nacional deben seguir el procedimiento que marquen las comunidades autónomas en sus propias leyes. En el caso de Aragón, las granjas de hasta 2.000 plazas de cerdos de cebo o 750 madres pasan a tramitarse por los ayuntamientos, como resume la página web oficial del Gobierno de Aragón.

Los ayuntamientos solicitan a su vez un informe de “calificación ambiental” al INAGA, que es vinculante en caso de ser desfavorable y también se publica. Sin embargo, hay varias diferencias. Por un lado, en vez de un estudio ambiental, el promotor debe presentar una memoria descriptiva. Consultado por Maldita.es, el abogado Luis Solana, que trabaja con los procedimientos de evaluación ambiental para vivienda y urbanismo en Ilex Abogados, explica que el estudio de impacto “técnicamente es mucho más complejo” que la memoria descriptiva. "Sin duda, la evaluación de impacto ambiental [de las granjas mayores] difiere mucho de la calificación ambiental", concluye el jurista.

En este caso, el trámite de información pública dura 15 días naturales, según la ley aragonesa [art. 77] y el proyecto de explotación ganadera debe exponerse en el tablón de anuncios del municipio donde se quiere instalar la granja. “Pero los estiércoles pueden no ir a ese municipio, pueden ir a otros”, señala Paloma Barrachina, miembro de Loporzano Sin Ganadería Intensiva, una asociación vecinal de la provincia de Huesca que se creó en 2015 para frenar la instalación de dos granjas industriales en ese pueblo. “Una granja que se quería hacer en el municipio de al lado no se sometió a información pública aquí cuando todos los purines iban a Loporzano”, cuenta la activista.

El comienzo del plazo para la información pública de las granjas menores también se anuncia en el Boletín Oficial de Aragón. Ayuntamientos como los de Barbastro (Huesca), Castejón de Monegros (Huesca), Fabara (Zaragoza) o Tauste (Zaragoza) no digitalizan el expediente y sólo permiten consultarlo en el consistorio en horario de oficina, según reflejan los anuncios publicados en el BOA. Otros como el de Azanuy-Alíns (Huesca) sí exponen los documentos en la sede electrónica.

Ejemplo de anuncio de apertura del periodo de información pública en Barbastro. Fuente: Boletín Oficial de Aragón

También hay diferencias en los plazos de uno y otro trámite. Los plazos máximos legales son cuatro meses para la tramitación ambiental de las granjas mayores y dos para las granjas menores, según la ley de evaluación ambiental de Aragón [arts. 33 y 78]. Con todo, desde el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental indican a Maldita.es que, aunque “el trámite es más corto”, la normativa ambiental que deben cumplir unas y otras explotaciones “es la misma” y deben respetarla por igual.

En uno de cada tres pueblos aragoneses, una granja de cerdos se queda en los límites de la evaluación ambiental

Instalar una granja al borde de los límites establecidos para la declaración de impacto ambiental es legal, indica Solana. El promotor sólo podría incurrir en un fraude de ley si aprovecha ese truco para después ‘colar’ uno o dos cerdos más, explica el jurista.

Según el registro ganadero aragonés, en 225 municipios aragoneses hay al menos una granja con plazas para 1.999 cerdos de engorde, 2.000 cerdos de engorde o 750 cerdas reproductoras. Es decir, en el 30,78% de los pueblos de Aragón y en el 50,79% de los que cuentan con alguna granja porcina hay instalada una explotación de estas características.

El grueso de esta práctica se concentra en las granjas para cerdos de cebo o engorde: de las 774 explotaciones que apuran los umbrales, 418 tienen plazas para 1.999 cerdos de cebo y otras 312 para 2.000 cerdos de cebo mientras que otras 44 explotaciones tienen capacidad para 750 cerdas madres. Entre todas, suponen el 18,02% de las 4.295 granjas de cerdos registradas en Aragón.

Metodología

La fuente principal de esta información es el registro ganadero de Aragón al que se puede acceder desde la página web oficial del Gobierno regional. El registro se actualiza cada vez que los responsables de la base de datos introducen algún cambio, según ha indicado la Consejería de Medio Rural, Agricultura y Ganadería a Maldita.es, por lo que los datos reflejan la situación de la fecha de descarga: el 12 de abril de 2022.

Entre todas las explotaciones ganaderas, hemos seleccionado las de producción y reproducción, que son las destinadas a producir carne con fines comerciales o para el autoconsumo. En cuanto a los cerdos, la propia clasificación del registro ganadero aragonés permite conocer la capacidad que tiene cada granja para cada tipo de cerdo: cerdos de engorde o cebo, madres reproductoras, lechones, de verracos (cerdos reproductores), entre otros.

Las leyes mencionadas en esta información son la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (especialmente el artículo 7, título II, II y Anexo I), que es nacional y regula la declaración de impacto ambiental, y la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (título IV), que es su homóloga en la comunidad autónoma y establece el mecanismo de calificación ambiental para las granjas por debajo de los umbrales de la declaración de impacto.

En Maldita.es hemos contemplado posibles excepciones dentro de este fenómeno. Hay una excepción por la cual una granja pequeña (que no alcance los umbrales marcados por la ley) puede estar obligada a obtener una declaración de impacto ambiental: si puede “afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a espacios protegidos de la Red Natura 2000” o que lo solicite el promotor [art. 7]. Pero las resoluciones publicadas en el BOA sobre granjas en esa situación muestran que son un caso minoritario.

Si tienes alguna duda sobre esta información, puedes contactarnos en [email protected].

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